Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Comarca de Trujillo. (BOP-2024-1452)
BOP-2024-1452 Acuerdo sobre la carrera horizontal.
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Mancomunidad Comarca de Trujillo
8.- La cuantía en cómputo anual del complemento de carrera será la siguiente:
NIVEL INICIAL NIVEL I NIVEL II NIVEL III NIVEL IV
GRUPO
GRUPO A1 0 1.554€ 3.107€ 4.661€ 6.214€
GRUPO A2 0 1.335€ 2.670€ 4.005€ 5.340€
GRUPO C1 0 976€ 1.951€ 2.927€ 3.902€
GRUPO C2 0 873€ 1.746€ 2.619€ 3.491€
AGRUP.Prof. 0 770€ 1.540€ 2.311€ 3.081€
9-. La carrera profesional será retribuida mediante un complemento, a percibir por
aquellos/as empleados/as públicos/as que participen en este sistema, según los
presentes criterios y su cuantía será la indicada en el apartado 8 del Acuerdo.
Las citadas cuantías serán abonadas con efectos retroactivos desde el 1 de enero de la
anualidad 2024, según lo aprobado en Mesa de Negociación celebrada el día 24 de
octubre de 2023 en el punto uno “convenio colectivo y carrera profesional horizontal”
con el nivel que se tenga en dicha fecha, si durante dicha anualidad se adquiera otro
nivel, se hará efectivo en la nómina del mes en curso al de la fecha de reconocimiento
del nuevo nivel.
Cuando el personal de la Mancomunidad considere que está en condiciones de acceder
al siguiente nivel, podrá solicitarlo.
Los efectos económicos y administrativos se reconocerán desde el día que se cumplan
los requisitos para el acceso al siguiente nivel, siempre que se haya presentado la
solicitud por la persona interesada. Si la solicitud se efectúa durante los tres meses
posteriores al cumplimiento de los requisitos exigidos para el progreso, los efectos
económicos y administrativos se retrotraerán a la fecha de del cumplimiento de dichos
requisitos.
Si la solicitud se efectúa una vez transcurridos los tres meses posteriores al
cumplimiento de los requisitos, los efectos económicos y administrativos serán los de la
fecha de solicitud.
El reconocimiento del grado de desarrollo profesional en el sistema de carrera horizontal
conllevará la percepción mensual del complemento de carrera administrativa previsto
en el Acuerdo de esta materia.
Este complemento retributivo será compatible con el resto de las retribuciones, tanto
básicas como complementarias, que perciban las empleadas y empleados públicos de la
Mancomunidad Comarca Trujillo.
10.-El personal incluido en el ámbito de aplicación de este acuerdo que perciba el
complemento de carrera y acceda mediante el procedimiento de promoción interna a
CVE:
BOP-2024-1452
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de marzo de 2024
N.º 0056
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