Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2024-1445)
BOP-2024-1445 Aprobación definitiva del Reglamento del Servicio de Saneamiento en alta y depuración de aguas residuales.
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2. Toda conexión de nuevas alcantarillas a la red general de saneamiento en servicio requerirá
las obras necesarias para evitar que se produzcan arrastres de sólidos.
3. El Ayuntamiento de Torremocha deberá informar, previamente a su aprobación, todos los
proyectos de obras de alcantarillado o saneamiento que se realicen en los municipios
integrantes del el Ayuntamiento de Torremocha.
4. Toda obra de alcantarillado que se encuentre conectada a la red general de saneamiento y
sin recibir por el Ayuntamiento de Torremocha deberá ser mantenida, conservada y limpiada
por quien ejecute la obra, salvo lo estipulado en el artículo 39, sobre explotación en pruebas.
5. En la construcción de sistemas completos de alcantarillado en desarrollo de figuras de
planeamiento se impondrán dos tipos de servidumbre, que permitan posibles reparaciones y
protejan a las alcantarillas contra intrusiones vegetales causantes de averías:
a) Servidumbre de alcantarilla. Comprende una franja longitudinal paralela al eje de la
alcantarilla y a lo largo de la misma, en la que está terminantemente prohibida la
edificación, construcción de instalaciones y la plantación de árboles u otros vegetales.
Su anchura a cada lado del eje viene dada por la expresión:
H = Re + 1 (expresada en metros y en donde Re es el radio exterior horizontal de la
alcantarilla en su parte más ancha (junta)).
b) Servidumbre de protección de colector. Comprende una franja paralela y exterior a la
anterior a cada lado de la misma de dos metros de anchura, en la que sí están
permitidas las edificaciones, instalaciones y plantaciones salvo las de árboles con
sistema radicular invasor (sauces, fresnos, chopos o similares).
5. Previo a la recepción por el Ayuntamiento de Torremocha de cualquier obra de
alcantarillado, el/a promotor/a de la misma deberá presentar certificado de estanqueidad de
acuerdo con la Norma existente.
Artículo 31. Conservación y mantenimiento.
1. La conservación y mantenimiento de las acometidas a la red general de saneamiento serán
a cargo de los/as propietarios/as de la instalación, que son los/as únicos/as responsables de su
perfecto estado de funcionamiento, siempre que no sea por deficiencias de la ejecución
causadas por el Ayuntamiento de Torremocha o el/a prestador/a del servicio. En caso de que
alguno o todos de los mencionados aspectos fueran realizados por el Ayuntamiento de
CVE:
BOP-2024-1445
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de marzo de 2024
N.º 0056
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