Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2024-1445)
BOP-2024-1445 Aprobación definitiva del Reglamento del Servicio de Saneamiento en alta y depuración de aguas residuales.
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2. La construcción y/o reparación de las acometidas de saneamiento ejecutadas por el/a
prestador/a del servicio tendrá un período de garantía mínimo de tres años.
3. En el caso de que las obras las realizara el/a usuario/a por sus propios medios deberá
comunicar al/a prestador/a del servicio el comienzo de las mismas para que éste pueda realizar
las labores de inspección que estime oportunas. Si las obras fueran realizadas por el
Ayuntamiento de Torremocha o el/a prestador/a del servicio deberán dar comienzo dentro de
las tres semanas siguientes al de la justificación de haberse efectuado los pagos
correspondientes.
4. En ningún caso podrá exigirse responsabilidad al Ayuntamiento de Torremocha por el hecho
de que las aguas circulantes por la red general de saneamiento pudieran penetrar en los
edificios o instalaciones a través de las acometidas de saneamiento. Los/as propietarios/as de
los mismos deberán prever esta eventualidad disponiendo de las cotas necesarias o, en su
defecto, instalando los sistemas de bombeo o vacío adecuados.
Artículo 29. Condiciones previas a la conexión.
1. Serán condiciones previas para la conexión de una acometida de saneamiento a la red
existente:
a) Que el efluente satisfaga las limitaciones físico-químicas que fija este Reglamento.
b) Que la alcantarilla esté en servicio y tenga capacidad suficiente.
2. En el supuesto de existir alguna canalización fuera de uso que pudiera conducir un vertido
hasta la red general, para su nueva puesta en servicio será preceptiva la autorización del
Ayuntamiento de Torremocha después de la correspondiente inspección y comprobación de la
misma. Los gastos que ocasionen los trabajos mencionados serán por cuenta del peticionario,
independientemente del resultado del informe emitido.
Artículo 30. Nuevas alcantarillas.
1. Cuando por cualquier circunstancia (ampliación de la red, obsolescencia, aumento de la
capacidad, etc.,) fuere necesaria la construcción de una nueva alcantarilla pública se anularán
todas las acometidas de saneamiento y ramales particulares de alcantarillado que se hubieran
autorizado y no debieran mantenerse. Las nuevas acometidas de saneamiento que fuere
necesario construir lo serán por el Ayuntamiento de Torremocha y a su costa, salvo que no
estuvieran funcionando correctamente, en cuyo caso serán a costa de los/as usuarios/as
afectados/as.
CVE:
BOP-2024-1445
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de marzo de 2024
N.º 0056
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