Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-1426)
BOP-2024-1426 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal General del OARGT de Gestión, Liquidación, Inspección y Recaudación de los Ingresos de Derecho Público.
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3. Para interponer recursos o reclamaciones, desistir de ellos, presentar declaraciones responsables o
comunicaciones, renunciar a derechos, asumir o reconocer obligaciones en nombre del obligado tributario, solicitar
devoluciones de ingresos indebidos o reembolsos y en los restantes supuestos en que sea necesaria la firma del
obligado tributario, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia
fidedigna de su existencia.
A estos efectos, serán válidos los documentos normalizados de representación que apruebe el OARGT para
determinados procedimientos.
4. Asimismo, se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta
efectuada por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la Sede Electrónica del OARGT o a través de
la acreditación de su inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos que, en su caso, se habilite al efecto
en cumplimiento de las previsiones recogidas en el artículo 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Cuando en el marco de la colaboración social en la gestión tributaria se presente por medios telemáticos
cualquier documento ante el OARGT, el presentador actuará con la representación que sea necesaria en cada caso.
El OARGT podrá requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación, que podrá efectuarse de
acuerdo con lo establecido en este artículo.
6. La falta o insuficiencia del poder no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que
se acompañe aquel o se subsane el defecto dentro del plazo de 10 días, que deberá conceder al efecto el órgano
administrativo competente.
Artículo 20. Presentación de documentos.
1. En los términos y de conformidad con la normativa en materia de administración electrónica aprobada por la
Diputación de Cáceres, los documentos que los interesados dirijan al OARGT podrán presentarse:
a) En el registro electrónico o en cualquier órgano administrativo, así como en los restantes registros
electrónicos de los sujetos que comprenden el sector público de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esto es, la Administración General del Estado,
las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector
público institucional.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
2. No tendrá la condición de medio válido de presentación de documentos en el OARGT los aportados por fax
o correo electrónico, por lo que no causarán asiento en el registro general.
Cuando se considere necesario, desde el Servicio receptor se podrá informar al presentador, por correo
ordinario, teléfono, fax, o correo electrónico, de los medios de presentación de documentos admitidos por el OARGT y
de la falta de efectos de su actuación.
3. Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente según el artículo 5 de esta ordenanza, deberán
presentar los documentos y solicitudes dirigidos al OARGT a través del Registro Electrónico del OARGT o en cualquier
oficina de asistencia en materia de registros.
4. El Registro Electrónico General del OARGT es plenamente interoperable, por lo que los ciudadanos podrán
presentar de manera presencial los escritos y documentos en papel dirigidos al OARGT o a otras administraciones
públicas a través de la “Oficina de Registro Virtual”.
En el portal web y en la Sede Electrónica del OARGT se hará pública la relación actualizada de las oficinas en
las que se prestará asistencia para la presentación electrónica de documentos.
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre
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DIR3 Órgano: L02000010 Sello de tiempo: 19/03/2024 08:19 Página: 15/62
Firmantes:
MARTIN MORGADO PANADERO - SECRETARIO-INTERVENTOR (DIPUTACION DE CACERES)
CVE:
BOP-2024-1426
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de marzo de 2024
N.º 0056
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