Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-1426)
BOP-2024-1426 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal General del OARGT de Gestión, Liquidación, Inspección y Recaudación de los Ingresos de Derecho Público.
63 páginas totales
Página
14
b) Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
c) Interponer recursos.
d) Desistir de acciones.
e) Renunciar a derechos.
Artículo 16. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.
1. Para los interesados que, no estando obligados por ley, soliciten utilizar medios electrónicos, el OARGT los
asistirá en su uso especialmente en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a
través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.
Asimismo, si alguno de estos interesados no dispone de los medios electrónicos necesarios, su identificación
o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público
mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello. En este caso, será necesario que el
interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su
consentimiento expreso para esta actuación, de lo que deberá quedar constancia para los casos de discrepancia o
litigio.
2. El OARGT mantendrá actualizado un registro donde constarán los funcionarios habilitados para la
identificación o firma regulada en este artículo, que será plenamente interoperable y estará interconectado con los de
las restantes Administraciones Públicas, a los efectos de comprobar la validez de las citadas habilitaciones.
En este registro o sistema equivalente, al menos, constarán los funcionarios que presten servicios en las
oficinas de asistencia en materia de registros.
CAPÍTULO III
Interesados en el procedimiento. Presentación de documentos. Cómputo de plazos. Domicilio fiscal
Artículo 17. Capacidad de obrar.
1. Tendrán capacidad de obrar en el orden tributario ante el OARGT, además de las personas que la tengan
conforme a derecho, los menores de edad y los incapacitados en las relaciones tributarias derivadas de las actividades
cuyo ejercicio les esté permitido por el ordenamiento jurídico sin asistencia de la persona que ejerza la patria potestad,
tutela, curatela o defensa judicial. Se exceptúa el supuesto de los menores incapacitados cuando la extensión de la
incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos e intereses de que se trate.
2. Por las personas que carezcan de capacidad de obrar actuarán sus representantes legales, en los términos
establecidos en el artículo 45 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 18. Interesados y obligados tributarios.
1. Tendrán la condición de interesado en los procedimientos administrativos tramitados por el OARGT los que
la ostenten de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2. Además, serán obligados tributarios las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la normativa
tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias.
3. Las categorías jurídicas de obligados tributarios, sustitutos, sucesores y responsables que resulten de
aplicación a los tributos y a la gestión recaudatoria llevada a cabo en el OARGT serán las establecidas en las secciones
1ª a 3ª del capítulo III, del título II de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 19. Representación ante el OARGT.
1. Los obligados tributarios con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante.
2. Para los actos de mero trámite se presumirá concedida la representación.
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre
URL de verificación: https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-
PF2CXK0ZPXV0RMQG202FYI8J7VDKPB0M
Código Seguro de Verificación: DIPCC-PF2CXK0ZPXV0RMQG202FYI8J7VDKPB0M
DIR3 Órgano: L02000010 Sello de tiempo: 19/03/2024 08:19 Página: 14/62
Firmantes:
MARTIN MORGADO PANADERO - SECRETARIO-INTERVENTOR (DIPUTACION DE CACERES)
CVE:
BOP-2024-1426
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 20 de marzo de 2024
N.º 0056
Pág. 6523