Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1294)
BOP-2024-1294 Aprobación definitiva Establecimiento de Servicio Público de Transporte Colectivo Urbano de Viajeros/as.
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ARTÍCULO 15.- ESTACIONAMIENTO DE LOS AUTOBUSES EN LAS PARADAS.
Las maniobras de parada y reincorporación al tráfico se efectuarán con la mayor atención y
diligencia, procurando evitar maniobras bruscas y con observancia de lo dispuesto en los
preceptos del vigente código de la circulación.
Las paradas se efectuarán situando el vehículo paralelamente a la acera, siempre que sea
posible y del modo que menos perjudique al resto del tráfico rodado y peatonal.
En las paradas comunes a varias líneas, cuando coincidan dos o más autobuses, se entenderá
que el segundo autobús se halla en posición reglamentaria de admitir la salida y entrada de
personas; los conductores de los autobuses situados en tercera o cuarta posición no deberán
abrir las puertas hasta alcanzar la primera posición a la altura de la señal de parada o la
segunda si permanece uno de los autobuses que le preceden.
ARTÍCULO 16.- ACCESO Y BAJADA DE LOS VEHÍCULOS.
Por regla general, todas las personas, una vez parado el autobús, accederán al mismo por la
puerta delantera y descenderán por la puerta central o trasera, excepto las líneas en las que se
permita el acceso por varias puertas. Tendrán siempre prioridad las personas que descienden
del autobús. En ningún caso, se podrá subir o bajar del autobús cuando éste se encuentre en
marcha.
Cuando algún/a usuario/a, llegado el final de un trayecto deba volver a abonar billete o cancelar
porque quiera continuar el trayecto en sentido de vuelta, no será necesario que baje del
autobús y vuelva a subir por la puerta delantera, sino que bastará con que se dirija al puesto
del conductor por el pasillo del autobús y abone el billete o cancele antes de que suban el resto
de usuarios de esa parada, excepto cuando el conductor tenga que salir del autobús por
razones justificadas o se acumulen un número excesivo de usuarios en esta situación, en cuyo
caso, el/la conductor/a podrá ordenarles que salgan por la puerta trasera y vuelvan a subir por
la delantera una vez abierta ésta para el acceso de los/as demás usuarios/as.
Al acceder al autobús, los/as usuarios/as deberán ocupar primero los asientos y cuando no
haya asientos libres, se ocuparán los pasillos y plataformas empezando por la parte trasera
para un mejor aprovechamiento de los medios disponibles, estando totalmente prohibido
colocarse en los pasillos impidiendo el paso de los/as demás usuarios/as a las zonas libres del
autobús.
CVE:
BOP-2024-1294
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de marzo de 2024
N.º 0051
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