Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1294)
BOP-2024-1294 Aprobación definitiva Establecimiento de Servicio Público de Transporte Colectivo Urbano de Viajeros/as.
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los que por falta de compostura, por sus palabras, gestos o actitudes, ofendan al decoro de
los/as demás viajeros/as o alteren el orden, requiriendo a este fin la intervención de la Policía
Municipal.
3.- Impedir la entrada de los/as viajeros/as cuando se ha hecho la advertencia de que la
totalidad de las plazas se hallan ocupadas.
D) PROHIBICIONES:
1.- Abandonar la dirección del vehículo y, en general realizar acciones u omisiones que puedan
distraer les durante la marcha.
2.- Admitir mayor número de viajeros de aquél para el cual está autorizado el vehículo.
TITULO VI. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/AS USUARIOS/AS
ARTÍCULO 24: DERECHOS DE LOS/AS USUARIOS/AS.
Los/as viajeros/as, como destinatarios/as del servicio de transporte que regula el presente
Reglamento, serán titulares de los siguientes derechos:
1.- Elegir, en su caso, entre los diferentes títulos de transporte que, según precios y
condiciones, sean aprobados por el Excmo. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
2.- Ser transportados con el requisito de portar título de transporte válido.
3.- Recibir un trato correcto por parte del personal.
4.- Solicitar y obtener las hojas de reclamaciones en la Oficina de Atención al Usuario del
Ayuntamiento o de la empresa concesionaria, en su caso. Recibir contestación del Excmo.
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata de la citada reclamación en los términos establecidos
en el presente Reglamento.
5.- Disfrutar de comodidad, higiene y seguridad en el servicio.
6.- Estar amparados/as por los seguros obligatorios que correspondan a este tipo de transporte
7.- Portar objetos de mano, que serán sujetados de forma eficaz, y en ningún caso supondrán
molestias o peligro para otros/as viajeros/as.
8.- Transportar pequeños animales domésticos, siempre y cuando los mismos sean
transportados por sus dueños/as en receptáculos idóneos. También está permitido el acceso
CVE:
BOP-2024-1294
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de marzo de 2024
N.º 0051
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