Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-1251)
BOP-2024-1251 Bases convocatoria para cobertura como personal laboral con carácter interino. Concurso-Oposición libre.
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Acreditación de los méritos de la fase de concurso.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de 10 días
hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la relación de aprobados de la
fase de oposición para acreditar, a través de su presentación en los términos previstos en la
base tercera para la presentación de instancias, los méritos definidos en el apartado anterior.
Calificación de la fase de concurso.
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos
obtenidos por la aplicación del baremo establecido.
Una vez finalizada la valoración de la fase de concurso, se publicará en el tablón de anuncios
de la sede electrónica, en la página web y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de
Moraleja, la relación de los aspirantes con la puntuación otorgada a cada uno, disponiendo
los/as interesados/as de un plazo de 3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el
Tribunal de Selección.
SÉPTIMA.- Calificación definitiva. Relación de aprobados y presentación de documentos.
La calificación definitiva del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
calificaciones definitivas obtenidas en ambas fases, efectuada la cual, el Tribunal publicará en
el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moraleja,
https.//moraleja.sedelectronica.es y en la página web www.moraleja.es, así como en el Tablón
de Anuncios, anuncio en el que aparezcan los resultados finales por orden de puntuación total
de proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía sobre la relación de aspirantes aprobados
y propuesto para su contratación, no pudiendo superar este el número de plazas convocadas,
de tal modo que resultará seleccionado aquel aspirante que mayor puntuación haya obtenido y
elevará dicha propuesta al órgano competente de la corporación para sus efectos.
En caso de empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/lla aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el mismo
continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada fase, de
seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado experiencia
laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida
en el apartado formación de la citada fase. En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en caso de que persistiese el
empate entre candidatos/as se resolverá a favor de aquella persona cuyo género estuviera
subrepresentado en las plazas objeto de la presente convocatoria.
CVE:
BOP-2024-1251
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de marzo de 2024
N.º 0049
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