Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-1251)
BOP-2024-1251 Bases convocatoria para cobertura como personal laboral con carácter interino. Concurso-Oposición libre.
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El Tribunal se reserva el derecho de comprobar la veracidad del contenido de las
certificaciones aportadas, cuando a su juicio se considere necesario.
Formación (máximo 4 puntos)
Titulación académica: se valorará con un máximo de 2 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida y diferente del requisito
de acceso:
Por estar en posesión de Bachillerato o de Ciclo Formativo de Grado Medio o Ciclo Formativo
de Grado Superior, 1 punto.
Por estar en posesión de enseñanzas universitarias título de Licenciatura, Grado, Diplomatura
y Máster Universitario, 2 puntos.
Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: se valorará con un máximo de 2 puntos.
Únicamente se valorarán acciones formativas debidamente acreditadas que versen sobre
materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado,
impartidas por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, Universidades o Colegios
Profesionales, o bien cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido
oficialmente reconocidas.
Cada hora de formación se valorará con 0,004 puntos por hora formativa.
Se entiende por cursos los que tengan dicha denominación o las de congresos, jornadas,
seminarios, simposios y similares, destinados a la formación y perfeccionamiento. No se
tomarán en consideración cuando sean meramente repetitivos de otros anteriores de igual
denominación. En estos casos se valorará el de mayor carga lectiva.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico y
Curso Avanzado...), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las
funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda
siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas por cada crédito.
Los méritos se acreditarán mediante la presentación del título académico, certificado o diploma
de asistencia con el contenido del curso con indicación del número de horas lectivas. No
podrán ser objeto de valoración aquellos cursos en cuyos justificantes no se acrediten las horas
de duración de éstos.
CVE:
BOP-2024-1251
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de marzo de 2024
N.º 0049
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