Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1214)
BOP-2024-1214 Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Arquitectos/as.
23 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Navalmoral de
la Mata
defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de
admitidos/as y excluidos/as.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en la
consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Será insubsanable la presentación de la solicitud fuera del plazo establecido.
6.3.- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará Resolución
elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con
la inclusión correspondiente como admitidos/as de aquellos/as que fueron excluidos/as
y que hayan subsanado errores u omisiones, en el tablón de anuncios y página web
municipal (www.aytonavalmoral.es), y en el tablón de anuncios de la sede electrónica,
dirección: https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0
6.4.- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra
aquellas otras que resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la normativa reguladora de
dicha jurisdicción.
6.5.- En todo caso, a fin de evitar errores y para, en el supuesto de que se
produzcan, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes
comprobarán no solo que no figuran en la relación de excluidos/as, en página web
municipal (www.aytonavalmoral.es) en el tablón de anuncios de la sede electrónica
dirección https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0, sino también que sus
nombres constan en la correspondiente relación de admitidos/as.
6.6.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará la
composición del Tribunal Calificador.
6.7.- La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en la
página web municipal (www.aytonavalmoral.es) y en el tablón de anuncios de la sede
electrónica dirección https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/info.0 será determinante
de los plazos, a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
6.8.- Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos /as como excluidos /as, se
ordenarán alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real
Academia Española.
SÉPTIMA. Tribunal de Selección.
7.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría
establecida en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido
en la forma que se determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, quedando formados por
Cód.
Validación:
3H3ZZTLF3CE7CN2K4EFYT7T52
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
22
CVE:
BOP-2024-1214
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
Pág. 5359