Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1214)
BOP-2024-1214 Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Arquitectos/as.
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Ayuntamiento de Navalmoral de
la Mata
Las preguntas adicionales de reserva del cuestionario tipo test, sustituirán por su
orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación
con posterioridad al inicio de los ejercicios. A este respecto, los interesados podrán
presentar las reclamaciones que estimen procedentes con objeto de impugnar las
preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los tres días hábiles
siguientes a la celebración del ejercicio.
Los/las aspirantes que no superen o no obtengan el 50 % de la puntuación fijada
cómo máxima para este ejercicio de carácter eliminatorio, resultarán excluidos del
proceso selectivo.
9.2 La Fase de Concurso, que será posterior a la Fase de Oposición, no tendrá
carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar la Fase de
Oposición.
La valoración de los méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un
40% de la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los
baremos que figuran a continuación, que se aplicarán a todos los aspirantes del proceso
selectivo.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de
participación en el proceso selectivos, que consten relacionados en el apartado
correspondiente de la instancia y contraídos hasta el día de publicación del anuncio en
el BOP.
Baremo de méritos
A) Titulación: Máximo 0,4 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida para el
ingreso en el Subgrupo A1 o de otra titulación de igual nivel a la exigida, conforme al
siguiente cuadro:
TITULACION MINIMA EXIGIDA Títulos Valorables Puntos
GRADO Doctor /a 0,40
Licenciado /a 0,30
Grado 0,30
Máster no exigido 0,30
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de
otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo
de Consejo de ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el
Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), o bien en el Sistema Nacional de
Cód.
Validación:
3H3ZZTLF3CE7CN2K4EFYT7T52
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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BOP-2024-1214
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de marzo de 2024
N.º 0048
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