Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2024-1214)
BOP-2024-1214 Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de Arquitectos/as.
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Ayuntamiento de Navalmoral de
la Mata
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal
Calificador resolver la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios
en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según se establece por el
Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con
discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de
los órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Además, podrán solicitar del interesado
información adicional respecto de la adaptación solicitada.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza
mayor, debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del
ejercicio, y apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá
requerir a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado
aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del
resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo
que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
8.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes.
NOVENA. Sistema de selección
El procedimiento de selección de los aspirantes se ajustará a lo dispuesto en los
artículos 61 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de Extremadura y constará de dos
fases.
A) Oposición (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
El proceso selectivo será valorado por tanto con un máximo de 10 puntos:
9.1. Fase de Oposición: La Fase de Oposición consistirá en la realización de un
ejercicio, de carácter eliminatorio, que se puntuará, a efectos de su corrección, de 0 a
10 puntos.
Este único ejercicio de la Fase de Oposición consistirá en la realización, en un
tiempo máximo de 90 minutos de un cuestionario tipo test de 50 preguntas, más 5 de
reserva, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la más correcta, sobre el
temario comprendido en el Programa ANEXO I a las presentes Bases de Convocatoria.
Cód.
Validación:
3H3ZZTLF3CE7CN2K4EFYT7T52
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
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Viernes, 8 de marzo de 2024
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