Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2024-1131)
BOP-2024-1131 Bases para la provisión de una plaza de Ingeniero/a Técnico/a en Informática de la escala Administración General mediante concurso-oposición. Turno de promoción interna horizontal.
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Ayuntamiento de Torreorgaz
procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases
de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración local, aunque ésta, en su caso, pueda
proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede del
Tribunal.
SEXTA. Actuación de los aspirantes.
La actuación de los/as aspirantes en el ejercicio q, se iniciará por orden alfabético de apellidos,
y figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista
definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de comienzo del ejercicio.
Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos dos días hábiles de dicho
comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica local.
Para los/as aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de
tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen
Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía
competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado
origen al grado de minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver
la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18
de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio. No obstante,
el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos
competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además podrán solicitar del interesado/a información adicional respecto de la
adaptación solicitada.
Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor,
debidamente alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado
libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para
que acrediten su personalidad.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización
del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Cód.
Validación:
32XHXMD6LD9H6WKW6GWJ429FK
Verificación:
https://torreorgaz.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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Martes, 5 de marzo de 2024
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