Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2024-961)
BOP-2024-961 Aprobación definitiva Reglamento Regulador del servicio de Sala Velatorio Municipal.
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La de cuidar los bienes que hayan sido puestos a disposición con motivo de la
prestación del servicio, evitando su deterioro o extravío.
La de no sustraer los bienes afectos al servicio que hayan sido puestos a su disposición
al acceder al mismo.
La de actuar con buena fe en la aportación de los datos necesarios para la correcta
prestación del servicio demandado.
TITULO IV. GESTIÓN DEL SERVICIO
ARTÍCULO 7. Gestión del servicio.
En la consideración de servicio esencial de interés general puede ser prestado por la
Administración Municipal de forma directa o por concesión, de forma indirecta por empresas
municipales o por empresas privadas; en todo caso en régimen de libre concurrencia.
Para ejercer la actividad de velatorio la oficina administrativa tendrá un servicio de atención al
público personal o telefónico ininterrumpido durante las veinticuatro horas del día, todos los
días del año.
El/a adjudicatario/a corre con los gastos de energía eléctrica, teléfono, agua, o cualquier otro
derivado, correspondiendo al mismo la contratación a su nombre de dichos servicios y
suministros, debiendo presentar copia de los contratos de suministros, y acreditar el pago de
los recibos cuando fuera requerido para ello.
El/a adjudicatario/a responderá de todos los daños que pudieran producirse en las
instalaciones por terceras personas o por su propio personal debiendo proceder de forma
inmediata a la reparación del mismo.
La empresa concesionaria será responsable de cuantos accidentes o daños se produzcan
dentro de las instalaciones, ya sea a las personas o a las cosas. Para responder de los mismos
deberá contar y estar al corriente del pago de la prima de seguro de responsabilidad civil.
ARTICULO 8. Obligaciones del concesionario.
1. Toda la documentación, títulos, impresos, expedientes, cartas de pago, etcétera, deberán
llevar impreso el nombre “Sala Velatorio de Carcaboso”, siendo todos autorizados en su
modelo y contenido por el Ayuntamiento.
2. El concesionario asumirá la gestión del servicio con arreglo a lo que se determina en el
presente reglamento y en el contrato administrativo firmado entre el mismo y el Ayuntamiento,
CVE:
BOP-2024-961
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de febrero de 2024
N.º 0039
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