Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carcaboso. (BOP-2024-961)
BOP-2024-961 Aprobación definitiva Reglamento Regulador del servicio de Sala Velatorio Municipal.
12 páginas totales
Página












personas empadronadas en el municipio de Carcaboso, ya se trate del/a solicitante (familiar) o
el/a fallecido/a.
A través del servicio de velatorio se facilitarán a los/as familiares y allegados/as de los/as
difuntos/as unas condiciones dignas para el depósito y vela de los cadáveres hasta el momento
de su inhumación, en las debidas condiciones higiénico-sanitarias.
ARTÍCULO 6. Derechos y deberes.
Son derechos de los/as usuarios/as del servicio:
Exigir la prestación de los servicios, con la diligencia, profesionalidad y respeto exigidos
por la naturaleza de la prestación. A estos efectos, podrá exigir la prestación de los
servicios en las fechas señaladas a tal efecto o, si es el caso, con la rapidez aconsejada
por la situación higiénico-sanitaria del cadáver.
Recibir los servicios en condiciones de respeto e intimidad, a la dignidad, a las
convicciones religiosas, filosóficas o culturales y al dolor de las personas afectadas.
Tener acceso a los servicios en condiciones básicas de igualdad.
Formular cuantas reclamaciones estime oportunas, que deberán ser resueltas en el
plazo máximo de 30 días hábiles, excepto que por específicas circunstancias sea
necesario un plazo mayor.
Los demás derechos reconocidos por la normativa de aplicación.
Recibir una factura, donde se describan los servicios contratados y el coste de los
mismos.
Cuando por causas imputables al/a obligado/a al pago de la tasa, el servicio no se
preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente, previa
solicitud, a la que se acompañará el original del justificante de pago realizado.
Son deberes de los/as usuarios/as del servicio:
Pagar el precio correspondiente al concesionario del servicio.
El acatamiento de las instrucciones que, en cumplimiento de este reglamento o de la
normativa general reguladora, les sean dadas por el Ayuntamiento o gestor
responsable.
Observar en todo momento un comportamiento adecuado, de acuerdo con lo
establecido en este reglamento.
El pago de los daños ocasionados a las instalaciones mediando dolo o culpa.
La de comportarse con corrección y respeto dentro de las instalaciones de la Sala
Velatorio.
CVE:
BOP-2024-961
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de febrero de 2024
N.º 0039
Pág. 4266