Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-959)
BOP-2024-959 Bases que han de regir la convocatoria y proceso de selección de Técnico/a Administrativo/a interino/a de la plantilla de personal funcionario.
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En caso de no contestar a la primera llamada se realizarán dos intentos de llamada más en el
mismo día en horas distintas y se enviará un correo electrónico. Si no contesta a la oferta en el
plazo de 1 día a contar desde el recibí de la llamada o correo electrónico sin causa justificada,
será excluido/a de la bolsa de trabajo.
3. Se considerará causa justificada y conllevará la suspensión en la Bolsa de Empleo y el pase
a la situación de inactivo permaneciendo en el mismo puesto de la bolsa durante el periodo que
dure el motivo que haya conllevado la citada situación, la concurrencia de alguna de las
siguientes circunstancias, debidamente alegada y acreditada documentalmente:
a) Enfermedad del candidato, debidamente acreditada con Informe médico o situación
de baja por incapacidad temporal del interesado debiendo aportar la misma.
b) Maternidad, paternidad y adopción
Una vez finalizada la causa justificativa de la suspensión, el interesado deberá comunicar al
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, en el plazo de 3 días en el Registro general de entrada, tal
circunstancia a efectos de tramitar el alta en la Bolsa, se dará como alta disponible a partir del
día siguiente al que comunique su disponibilidad.
Si el/la candidato/a no realiza dicha notificación en el plazo indicado supondrá su exclusión
definitiva de la bolsa.
4. Serán causas de exclusión automática de la bolsa de trabajo las siguientes:
a) Renuncia al puesto de trabajo ofertado, sin acreditar causa justificada.
b) No contestar a la oferta en el plazo de 1 día a contar desde el recibí de la llamada o
correo electrónico sin causa justificada.
c) No superar el periodo de prueba establecido en el contrato de trabajo en su caso.
d) Si iniciado un expediente disciplinario al trabajador afectado se calificara la falta como
grave o muy grave.
e) Quienes incurran en la falsificación u omisión de los datos aportados en la solicitud.
f) La falta de presentación injustificada de la documentación requerida para la realización
del contrato, en el plazo establecido.
g) No presentarse en la fecha establecida por el Departamento de Personal al objeto de
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BOP-2024-959
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de febrero de 2024
N.º 0039
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