Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-959)
BOP-2024-959 Bases que han de regir la convocatoria y proceso de selección de Técnico/a Administrativo/a interino/a de la plantilla de personal funcionario.
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Una vez publicado el nombramiento, se deberá proceder a la toma de posesión como
funcionario/a interino/a por los/as nombrados/as dentro del plazo de 3 días hábiles a partir de
dicha publicación.
El nombramiento derivado de este proceso de selección en ningún caso dará lugar al
reconocimiento de la condición de personal funcionario de carrera.
DÉCIMA. Funcionamiento y Constitución de bolsa de empleo.
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no
resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran
resultar necesarios para cubrir en su caso esta vacante temporalmente debido a bajas por
enfermedad, maternidad, etc.. La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
Solo formarán parte de la bolsa aquellos aspirantes que superen la fase de oposición.
Estas reglas tendrán vigencia hasta la aprobación de un reglamento regulado de bolsas de
empleo.
1. El órgano competente aprobará la Bolsa de Trabajo comprensiva de las personas incluidas
en la misma, de la puntuación obtenida y del orden de llamamiento en su caso, la cual será
expuesta al público en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, y en la
web municipal sin que se efectúe notificación personal a ninguno de los interesados.
El órgano competente solo podrá denegar la aprobación de la propuesta de Bolsa de empleo
por motivos de legalidad a justificar en la resolución oportuna.
2. El llamamiento de los candidatos se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación
obtenido en el proceso. El Ayuntamiento procederá a localizar al candidato de la bolsa de
empleo según el orden de prelación establecido mediante llamada telefónica o correo
electrónico que el candidato haya señalado en su solicitud. A estos efectos, los/as
interesados/as estarán obligados/as a comunicar cualquier variación en el número de teléfono
o correo electrónico señalado.
El llamamiento por cada candidato/a será único. El/la aspirante deberá dar una contestación a
la oferta de empleo en el plazo máximo de 1 día a contar desde el recibí de la llamada o correo
electrónico que se hará constar mediante diligencia al efecto, personándose en el
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz o persona en quien delegue, debidamente acreditada, si no
pudiera presentarse por causas de fuerza mayor, cabe la aceptación por cualquier medio que
permita dejar constancia de ello.
CVE:
BOP-2024-959
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de febrero de 2024
N.º 0039
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