Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2024-881)
BOP-2024-881 Plaza de Alguacil.
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Ayuntamiento de Casas de Millán
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
e) Estar en posesión de Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Título
de Formación Profesional Básica o equivalentes.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por el/la aspirante el
día en que finalice el plazo para la presentación de instancias. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y
acreditarse, en caso de resultar seleccionado/a, del modo indicado por la Administración.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
3.1 Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán presentar su solicitud
obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Casas de Millán de
conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo que se deberá disponer de
certificado digital, DNIe o los sistemas de claves concertadas de Cl@ve, accesible en la
siguiente dirección: http://casasdemillan.sedelectronica.es (TRÁMITES DESTACADOS: Solicitud para
formar parte del proceso selectivo de una plaza de alguacil), durante el plazo de 20 DÍAS HÁBILES a
contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado, declarando reunir los requisitos exigidos para la plaza.
En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará la documentación
necesaria (Fotocopia del D.N.I o pasaporte, Titulación, Méritos, etc…). La documentación
deberá ser original o copia compulsada.
No se aceptarán ni Solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de
acuerdo con lo expuesto anteriormente.
3.2. En el caso de que el último día del plazo de presentación de solicitudes sea sábado,
domingo o festivo, se entenderá que el mismo finaliza el primer día hábil siguiente.
3.3. Los/as aspirantes manifestarán en sus solicitudes que reúnen todas y cada una de las
condiciones exigidas en la Base 2, comprometiéndose a probar los datos en el momento
que le fueran requeridos, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por
inexactitudes o falsedades en los mismos.
Los méritos no alegados dentro del plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en
cuenta.
Asimismo, las bases de las pruebas selectivas, así como las correspondientes
convocatorias, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura, en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://casasdemillan.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://casasdemillan.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, se
señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
Cód.
Validación:
9DGXNH69P3P2GMCRJR9MJKJPL
Verificación:
https://casasdemillan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de febrero de 2024
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