Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2024-849)
BOP-2024-849 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno Residencia de Mayores.
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Ayuntamiento de Castañar de Ibor
13.Derecho a la utilización de los servicios y dependencias comunes del centro de
acuerdo a las características de las mismas y con el mismo derecho que los demás
usuarios a su utilización
14.Derecho a no ser discriminados en el tratamiento por razón de edad, nacimiento,
raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o
social
15.Derecho a ser protegidos por la Ley, tanto ellos como sus bienes, cuando como
consecuencia de la pérdida de sus facultades mentales, pierdan su capacidad de
autogobierno.
16.Derecho a una atención individualizada acorde con sus necesidades específicas.
No se incluye en el precio los siguientes servicios:
 Los prestados por profesionales ajenos (podólogos/as, peluqueros/as…).
 Médicos especialistas (cardiólogos, traumatólogos/as, odontólogos/as...).
 Análisis clínicos y medicamentos que el/la usuario/a precise.
 Medios de transportes (autobuses, taxis…), teléfonos y otros gastos de carácter
personal (útiles de aseo)
Las personas usuarias en el Centro de día tendrán los siguientes derechos:
a) Manutención: Desayuno, comida y merienda-cena en el centro.
b) A utilización de los servicios comunes que las condiciones que se establezcan en
las normas de funcionamiento interno.
c) Recibir un trato correcto por parte del personal y de las personas usuarias.
d) Recibir comunicación personal y privada con el exterior mediante la existencia de
zonas específicas para visitas, teléfono público y entrega de correspondencia.
e) Participar en los servicios y actividades sociales, culturales, recreativas, de
prevención de la enfermedad y promoción de la salud que se organice.
f) Elevar por escrito o de palabra al órgano directivo o al representante del centro
propuestas relativas a la mejora de los servicios.
g) Beneficiarse de los servicios y prestaciones establecidas para la atención al/la
residente en el ámbito del centro respectivo, y en las condiciones reglamentarias que se
determinen.
h) Respeto a los derechos individuales fundamentales, con especial referencia a la
intimidad, a la expresión de sus ideas culturales, políticas y religiosas.
Artículo 5. Deberes de los Residentes/usuarios.
a) Conocer y cumplir el contenido del presente Reglamento, así como seguir las
directrices e instrucciones de la Dirección del Centro.
b) Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo para con las personas
usuarias y con los profesionales dentro del centro y en cualquier otro lugar relacionado con
sus actividades.
c) Respetar y cuidar las instalaciones y servicios que utilicen y colaborar para su
mantenimiento en buen estado. Cuando se encuentren en las zonas comunes: comedor,
salar de estar, etc, deberá estar con la ropa de calle.
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Cód.
Validación:
6957WPZSEZ5ZYLJS7RD4ZD3QS
Verificación:
https://castanardeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-849
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de febrero de 2024
N.º 0035
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