Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2024-849)
BOP-2024-849 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno Residencia de Mayores.
20 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Castañar de Ibor
Tanto en la mencionada Ley en su artículo 19.4 como en el decreto que la desarrolla,
DECRETO 298/2015, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
autorización, acreditación y Registro de Centros de Atención a personas mayores de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se establece que una vez visado y aprobado es
obligatorio exponer el Reglamento en el tablón de anuncios del centro, darle a conocer de
forma clara e inteligible tanto a los usuarios como al personal y entregar una copia a cada
usuario, en el momento de ingreso en el centro Residencial.
El reglamento al que hacemos referencia en este documento va destinado al Centro
Residencial y Centro de Día municipal, cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de
Castañar de Ibor y con la gestión directa o indirecta que permitan las leyes, cuya finalidad
será la de prestar servicios de alojamiento, atención alimenticia y todas aquellas
atenciones asistenciales de carácter integral a personas mayores (servicios de geriatría) a
personas autónomas y a las que necesiten ayuda para la realización de las actividades
básicas.
Además, perseguirá los siguientes objetivos:
1º. Fomentar, que los residentes tengan un clima de acogida, relaciones cariñosas y
de comprensión que haga posible una convivencia armoniosa, haciéndose, en
consecuencia, a los residentes, la vida más fácil.
2º.- Programar la vida del centro en orden a animar y coordinar las exigencias y
necesidades de los residentes, para conseguir su desarrollo e integración personal.
3º.- Proporcionar a los residentes una calidad de vida liberándolos, en lo posible, de
todos los acondicionamientos negativos.
4º.- Fomentar sus aptitudes personales, como se deduce de las dependencias del
centro (talleres), de manera que se consideren personas útiles y realicen dentro de sus
posibilidades, aquellas tareas donde se consideren realizados.
Artículo 3. Tipos de usuarios
En atención a las condiciones físicas y psíquicas de los residentes, y de conformidad con la
naturaleza del Centro, éstos se encontrarán en alguna de las siguientes modalidades:
 Dependientes: se entiende como tal aquellos en los que los residentes requieran
asistencia, por parte de la plantilla del centro, para la realización del as actividades
cotidianas de su vida (lavarse, vestirse, alimentarse, desplazarse, etc.…).
 Autónomos: son aquellos que efectúan por sí mismos las referidas actividades
cotidianas. Por lo que, la plantilla de trabajadores, sólo se encargarían de las
funciones propias de la actividad de hospedaje.
 Mixtos: en los que los residentes se encuentran en una situación intermedia, de los
supuestos anteriores.
 Usuarios del centro de atención diurna: Personas no residentes a las que se les
prestará un servicio de desayuno, comida y cena dentro del centro residencial.
2
Cód.
Validación:
6957WPZSEZ5ZYLJS7RD4ZD3QS
Verificación:
https://castanardeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
19
CVE:
BOP-2024-849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de febrero de 2024
N.º 0035
Pág. 3776