Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2024-849)
BOP-2024-849 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno Residencia de Mayores.
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Ayuntamiento de Castañar de Ibor
 Que se efectúe el compromiso formal. A estos efectos, el nuevo usuario formalizará
un documento de ingreso (contrato) en el que figurará la aceptación expresa de
las normas reguladoras de la organización y funcionamiento del mismo, de sus
derechos y obligaciones y las condiciones económicas derivadas de su condición de
usuario.
 Al abono de la tasa correspondiente.
17.6. Las personas admitidas para su ingreso en el Centro serán inscritas
obligatoriamente Enel Libro de Registro Oficial, y se les abrirá ficha socio-sanitaria, que se
cumplimentaran con los requisitos e información requerida por la Consejería competente
de la Junta de Extremadura.
N234ág. 16584
17.7. Se podrá conceder plaza por un tiempo determinado cuando circunstancias
temporales que afecten a los interesados o a las personas que les atienden habitualmente
así lo aconsejen.
17.8. Periodo de adaptación:
Se considera periodo de adaptación del usuario los 30 primeros días naturales a contar al
siguiente al del ingreso en el centro. Transcurrido este periodo, el interesado consolidará
su derecho a la plaza adjudicada.
Si durante el periodo de adaptación se apreciasen circunstancias que impidieran la
atención adecuada del interesado, se podrá cesar la prestación del servicio previo informes
pertinentes.
17.9. Procedimiento de Emergencia:
No será de aplicación el procedimiento ordinario de acceso a los Centros para aquellos
casos declarados de urgencia especial por el Servicio Social de Base pudiendo adjudicarse
plaza a un solicitante, con independencia del lugar que ocupe en el Listado de
Peticionarios de acceso al Centro o, aun cuando sin estar incluido en él, lo exijan
circunstancias excepcionales a fin de salvaguardar su integridad personal.
En la tramitación del expediente de adjudicación de plaza por situación de emergencia
deberá constar la documentación exigida para la tramitación ordinaria, aun cuando por la
situación de urgencia pueda aceptarse el aplazamiento de algún documento.
17.10. Contrato:
Entre la entidad, el interesado y la persona responsable del mismo, se formalizará un
contrato que regulará todos los aspectos de la relación, desde su ingreso hasta su baja.
En caso de que el interesado no pueda firmar el contrato por imposibilidad física o
psíquica, el Médico del Centro, dispensará diligencia al final del contrato, expresando tal
impedimento.
Si el residente no pudiera firmar, colocará la huella dactilar del índice derecho, en el lugar
reservado para su firma, delante de sus testigos que firmarán debajo de la impresión
dactilar. De no saber firmar el responsable o representante, se actuará de idéntica forma
que para el residente.
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Cód.
Validación:
6957WPZSEZ5ZYLJS7RD4ZD3QS
Verificación:
https://castanardeibor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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13
de
19
CVE:
BOP-2024-849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de febrero de 2024
N.º 0035
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