Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2024-848)
BOP-2024-848 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora del precio público Residencia de Mayores y Centro de Día, y su Reglamento de Régimen Interno.
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Ayuntamiento de Castañar de Ibor
Defunción. En el supuesto de defunción en la liquidación final se contemplará:
1) La devolución del depósito de fianza, en el supuesto que proceda.
2) El cobro por parte de la Residencia de los gastos ocasionados y pagados
efectivamente por el óbito, dado que todos ellos son a cargo del Residente.
En caso de que el residente no disponga de cobertura económico-sanitaria
(Seguridad Social, Mutualidad, Asegurador Médica, etc.), serán a su cargo los gastos
de mediación que precise, pañales, transporte en ambulancia, gastos de internamiento
en centros hospitalarios, radiografías, exploraciones, consultas eternas, etc.
Artículo 8º.- Pago por vía de apremio
Las deudas por el precio público regulado en la presente Ordenanza podrán exigirse
por el procedimiento administrativo de apremio, según establece el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 9º.- Condiciones de pago
Las condiciones de pago y las normas mínimas de Régimen Interior del Centro donde
se prestarán los servicios objeto de la Ordenanza se harán constar a cada beneficiario
en un contrato en el que figure el importe del precio público y la fecha de comienzo de
la prestación del servicio en el Centro.
Artículo 10º.- Documentación necesaria para el ingreso
El procedimiento de ingreso será el Regulado en el Reglamento de Régimen Interno
de la Residencia y del Centro de Día municipal de Castañar de Ibor vigente en el
momento de que se trate.
En todo caso, a la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
 Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del interesado.
 Certificado de convivencia y empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento
del municipio donde resida habitualmente el solicitante.
 Informe médico normalizado, en el que se especifique si el solicitante padece
enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.
 Certificado de haberes o declaración correspondiente al último ejercicio
tributario del IRPF y justificantes de impuestos por bienes inmuebles
actividades económicas; o, en caso de no estar obligado a la declaración del
IRPF, se aportará certificado de imputaciones.
 Certificado de pensiones, expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad
Social (INSS).
 Certificado de bienes.
 Nota simple del Registro de la Propiedad.
 Fotocopia de la sentencia de incapacitación, en su caso y del nombramiento
del tutor/a.
 Informe del Servicio Social de Base.
 Datos identificativos del familiar, persona responsable o representante.
 Autorización de domiciliación bancaria
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Cód.
Validación:
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Verificación:
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electrónicamente
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Martes, 20 de febrero de 2024
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