Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2024-823)
BOP-2024-823 Aprobación definitiva de nueva Ordenanza Municipal de Prevención de Incendios Forestales.
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los medios de extinción, con medidas como:
- Disponer en porteras y vallados, formas o soluciones que faciliten el acceso rodado.
- Conservar los caminos existentes en condiciones aptas para el tránsito de vehículos. Si son
caminos sin salida, se dispondrán volvederos o ensanchamientos que permitan maniobrar.
- Facilitar la recarga directa para vehículos con autobomba, y no interponer obstáculos para la
carga de agua de los helicópteros.
Las Medidas de Autoprotección son el Instrumento de Prevención de referencia para los
lugares vulnerables o susceptibles no sujetos a Memoria Técnica, se sitúen o no en el ámbito
territorial de una franja periurbana. La ejecución de estas medidas por parte de sus titulares
tiene un carácter obligatorio, tal y como se detalla en la Orden de Peligro Bajo que anualmente
publica la Consejería con competencias en materia de incendios forestales.
Artículo 11. Instrumentos de prevención en terrenos forestales de la Franja Periurbana.
Los terrenos forestales de la franja periurbana deben contar con las medidas preventivas
contenidas en el Instrumento de Prevención que les corresponda, conforme a normativa
aplicable y al Plan Periurbano de Cilleros: Planes de Prevención o Medidas Generales.
Las medidas en los montes sujetos a Plan de Prevención vendrán detalladas en el documento
técnico que desarrolla al mismo, y que son específicas para cada monte.
Las Medidas Generales vendrán detalladas en la Orden de Peligro Bajo que anualmente
publica la Consejería con competencias en materia de incendios forestales. De forma general
contendrá:
- Medidas de accesibilidad:
Disponer en porteras y vallados, formas o soluciones que faciliten el acceso rodado.
Conservar los caminos existentes en condiciones aptas para el tránsito de vehículos. Si son
caminos sin salida, se dispondrán volvederos o ensanchamientos que permitan maniobrar.
Facilitar la recarga directa para vehículos con autobomba, y no interponer obstáculos para la
carga de agua de los helicópteros.
- Medidas lineales:
Líneas cortafuegos desprovistas de vegetación hasta el suelo, con un ancho sencillo de 2,5
CVE:
BOP-2024-823
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de febrero de 2024
N.º 0034
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