Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2024-823)
BOP-2024-823 Aprobación definitiva de nueva Ordenanza Municipal de Prevención de Incendios Forestales.
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Red de Defensa, en los demás tramos señalados en los mapas que figuran en el Plan
Periurbano, las vías de comunicación deberán contar con fajas auxiliares de 4 m de anchura a
ambos lados de las mismas, donde se roza a hecho el matorral y se disminuye la altura del
pastizal, mediante su roza o pastoreo, o bien se laborea el suelo.
Todas estas actuaciones quedan reflejadas en el plano de propuestas de medidas preventivas
del Plan Periurbano de Cilleros.
CAPÍTULO III. MEDIDAS PREVENTIVAS CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA
FRANJA PERIURBANA
Artículo 7. Ámbito de aplicación.
Las medidas del presente capítulo se aplicarán a la Franja Periurbana, que es el ámbito
territorial donde se aplican las medidas preventivas de incendios forestales en torno a los
núcleos urbanos. Esta franja se dispone de manera sensiblemente circundante y con una
anchura promedio de 400 metros desde el límite del casco urbano para aquellos núcleos que
se encuentren en alguna de las Zonas de Alto Riesgo detalladas en el Anexo I del Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Para el caso de Cilleros, núcleo incluido en la Zona
de Alto Riesgo de Gata (ZAR Gata), la franja periurbana de 400 m de anchura ocupa 200 ha,
conforme a lo dispuesto en el Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales de
Cilleros y afecta a los polígonos y parcelas que se recogen en el anexo I de dicho Plan.
Dentro de la franja periurbana se diferencia la banda de protección. La banda de protección
consiste en una infraestructura de autodefensa del núcleo urbano mediante la creación de una
franja circundante al mismo donde se disminuye la carga y se modifica la estructura de los
combustibles, de manera que se dificulte la propagación y se reduzca el riesgo de alcance
intenso por incendio forestal.
La anchura general de la banda de protección del núcleo urbano será de 50 m desde el límite
de éste, y estará compuesta por una LPD de 5 metros desprovista de vegetación rodeando en
núcleo urbano, y a continuación se realizará una APD hasta llegar a los 50 metros donde
deben ejecutarse un conjunto de tratamientos y cumplirse una serie de medidas de
autoprotección y precauciones generales, tal y como se detalla en los siguientes apartados.
Las parcelas afectadas por esta infraestructura se detallan en el Anexo II del Plan Periurbano
de Cilleros.
CVE:
BOP-2024-823
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de febrero de 2024
N.º 0034
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