Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Robledollano. (BOP-2024-724)
BOP-2024-724 Bases provisión interina puesto secretaría-intervención agrupación Robledollano y Fresnedoso de Ibor.
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Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el
derecho a la libre circulación de trabajadores.
 2º. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
inherentes al puesto convocado.
 3º. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las
disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa.
 4º. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquier Administración Pública o de los organismos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con
habilitación de carácter nacional.
 5º. Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener en el momento en
que termine el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria
exigida para el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el Subgrupo A1,
de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente homologación del título. Este requisito
no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento
de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al
amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo
hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de las Solicitudes
Las solicitudes, se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Robledollano, se
presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el
plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín
AYUNTAMIENTO DE ROBLEDOLLANO
Avda. de la Nava, 3, Robledollano. 10371 (Cáceres). Alcaldía 927 152 167 Admón. Tfno. 927 152 131.
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Viernes, 9 de febrero de 2024
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