Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2024-643)
BOP-2024-643 Ratificación plenaria acuerdos Mesa de Negociación Colectiva.
11 páginas totales
Página
Ayuntamiento y 1 representante sindical, tanto en primera como en
segunda convocatoria, media hora más tarde de la primera.
Artículo 5. DEL PRESIDENTE/A.
Esta función se llevará acabo por el Alcalde/sa Presidente/a o
Concejal/a en quien delegue, y será quien convoque y levante las sesiones
de la Mesa, elaborará el Orden del Día y actuará de coordinador/a y
moderador/a de los debates.
Artículo 6. DEL SECRETARIO/A.
La secretaría de la Mesa, con voz pero sin voto, será designada por la
Administración Municipal a tal efecto de entre el personal al servicio del
Excmo. Ayuntamiento de Ceclavín, y se encargará de levantar actas, llevar
los registros de las mismas y tramitará las convocatorias de la Mesa General
de Negociación, y cualesquiera otra que se les encomiende.
Artículo 7. ASESORES.
Podrán asistir a la Mesa General de Negociación, con voz pero sin voto,
un asesor por cada una de las Organizaciones Sindicales y uno o más,
asistiendo a la Corporación, sin que gocen los derechos que a los
Representantes se atribuyen.
Artículo 8. PERIODOS DE SESIONES Y CONVOCATORIAS.
1º. La Mesa General de Negociación deberá reunirse en sesión ordinaria
al menos una vez al año, y de forma extraordinaria, por decisión de la
representación municipal o a petición de las organizaciones sindicales.
2º. El Orden del Día lo formará el Presidente/a de la Mesa, con los
asuntos que hubieran de tratarse en la misma, y que incluirá, para las
sesiones ordinarias y extraordinarias un punto de ruegos y preguntas.
3º. La convocatoria de las sesiones ordinarias de la Mesa General de
Negociación se efectuará por el Presidente/a, junto con el Orden del Día,
con una antelación mínima de 48 horas, adjuntándose la documentación
pertinente.
Así mismo, podrán convocarse sesiones extraordinarias, que se
anunciarán con una antelación máxima de 5 días y mínima de 24 horas.
4º. El primer punto del Orden del Día será siempre la aprobación del acta
de la sesión anterior.
CVE:
BOP-2024-643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
Pág. 2840