Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-642)
BOP-2024-642 Bases convocatoria concurso de méritos ordinario, permanente y abierto.
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por la comisión, con carácter previo a la adjudicación definitiva.
Finalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Comisión Técnica de Valoración, una
vez resueltas las alegaciones presentadas, elevará propuesta de adjudicación al Ilmo. Sr.
Alcalde Presidente, quién resolverá el concurso mediante Resolución, que será motivada con
referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, que
vinculan por igual a la Administración y a las personas participantes, acreditando la
observancia del procedimiento debido y expresando la valoración de los méritos de los/as
candidatos/as, así como la relación de los/as aspirantes que han obtenido destino y de los
puestos que les han sido adjudicados, disponiendo su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, agotando dicho acto la vía administrativa.
El plazo para la Resolución de la convocatoria correspondiente será de 6 meses contados
desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los puestos de trabajo convocados únicamente podrán quedar desiertos cuando no existan
aspirantes que reúnan las condiciones y requisitos exigidos en las presentes bases y sus
convocatorias, o, en su caso no superen la puntuación mínima exigida para resultar
adjudicatario/a de los mismos.
NOVENA. TOMA DE POSESIÓN.
El plazo para tomar posesión del nuevo de destino obtenido será de tres días hábiles, que
empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso.
No obstante, con carácter excepcional, y siempre que medien razones justificadas, la
resolución de la convocatoria podrá determinar la fecha concreta de cese y toma de posesión
de todos/as los/as adjudicatarios/as.
Por la Alcaldía, se podrá diferir, hasta veinte días hábiles el cese, por necesidades del servicio.
Excepcionalmente y siempre que sea por exigencias del normal funcionamiento de los
servicios, podrá aplazarse la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior. En tal caso y siempre que la retribución del puesto
obtenido sea superior a la del puesto de origen, el/la empleado/a público/a tendrá derecho a
ser indemnizado/a por cuantía igual a la diferencia retributiva correspondiente a partir de la
finalización del primer mes de prórroga.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o
CVE:
BOP-2024-642
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
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