Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-640)
BOP-2024-640 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de Madroñera.
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Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la LRJSP la
formalización de las encomiendas de gestión cuando se realice entre órganos y Entidades
de Derecho Público de distintas Administraciones se formalizará mediante firma del
correspondiente convenio entre ellas.
Quinto. - Que el AYUNTAMIENTO, en la sesión plenaria de --- de ------- de 2021
ha adoptado el acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio MásMedio de la
prestación del servicio de saneamiento en “alta” y depuración de aguas residuales.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del correspondiente
convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP, suscriben el
presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los servicios
municipales de gestión, explotación y regulación del servicio de recogida, tratamiento y
depuración de aguas residuales al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido en
los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1, 26 y 57 de la LRBRL,
15.1.b) y 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
municipal de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas competencias gestionará, en
encomienda de gestión, con carácter supramunicipal, el Consorcio MásMedio.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO adopta el acuerdo de encomienda de gestión de la
competencia municipal en la parte diferencia del Ciclo Integral del Agua, en la fase de
Saneamiento en “alta” y depuración de aguas residuales, al Consorcio MásMedio al
encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial, conociendo los
criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y, en consecuencia, que
entiende más beneficioso para los intereses municipales que tal servicio se presta a través
del mismo.
CVE:
BOP-2024-640
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
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