Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-640)
BOP-2024-640 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de Madroñera.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
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La Comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las
dos administraciones, para deliberar y acordar la coordinación de las actuaciones
relacionadas con la finalidad perseguida con la firma del presente Convenio.
El funcionamiento de la Comisión Mixta de Seguimiento ser regirá por lo dispuesto
en el presente documento y por lo estipulado en la LRJSP.
DUODÉCIMA- Comprobación, inspección y vigilancia de las
infraestructuras, instalaciones y equipo vinculados al servicio encomendado.
A la firma del convenio se formalizará el Acta de Comprobación del Servicio de
saneamiento en “alta” y depuración de aguas residuales en el que se describirán
detalladamente, con reportaje fotográfico, el estado en que se encuentran las instalaciones
e infraestructuras donde se presta el servicio, incluyendo el personal adscrito al mismo y
que deberá incorporarse en la gestión futura a prestar por el Consorcio MásMedio.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el
Consorcio MásMedio desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la
optimización de las instalaciones del servicio, según la planificación establecida en el
Informe Técnico-Económico del Servicio.
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver
anticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los daños
y perjuicios ocasionados, y devolver posibles anticipos que pudiera haber recibido por
cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones realizadas. Para ello, los
servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un informe técnico-económico que
reflejen los perjuicios causados y las indemnizaciones que correspondan, que será
trasladado al AYUNTAMIENTO, en trámite de audiencia, para la formulación de
alegaciones por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará Resolución
por la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos administrativos
correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al
AYUNTAMIENTO aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente de
ejecutar.
CVE:
BOP-2024-640
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
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