Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2024-640)
BOP-2024-640 Convenio de encomienda de gestión del servicio de saneamiento y depuración de aguas residuales suscrito con el Ayuntamiento de Madroñera.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
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NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y régimen de
compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio MásMedio la gestión y liquidación de la
contraprestación a abonar por el AYUNTAMIENTO. A tal efecto, se aplicarán el régimen
establecido en la Ordenanza reguladora del servicio encomendado. En caso de impago las
funciones de gestión y recaudación del Consorcio MásMedio para el cobro de la
liquidación practicada y adeudada por el AYUNTAMIENTO serán ejercidas por el
Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a la compensación al
Consorcio MásMedio, de la deuda municipal que se pudiera derivar de las obligaciones
contraídas, cuya fecha de pago en voluntaria haya vencido, con cualquiera de las
transferencias de fondos que la Administración General del Estado incluyendo la
participación municipal en los Tributos del Estado, la Junta de Extremadura o el
Consorcio MásMedio tenga que realizar a su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
La duración del Convenio será de VEINTICINCO (25 años) a contar desde el inicio
de la gestión. Si con doce meses de antelación al término del plazo, ninguna de las partes
hubiera notificado a la otra su intención de no prorrogarlo, su vigencia quedará ampliada
por otro periodo de igual duración.
UNDÉCIMA - Comisión Mixta de Seguimiento de las actuaciones.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio integrada por dos
miembros de cada una de las partes, lo que se comunicará a la otra parte, siendo la
Presidencia o Vicepresidencia del Consorcio quien ejercerá la función de presidente de la
comisión.
En la comisión se integrará, con voz, pero sin voto, un quinto miembro de la misma
nombrado por el Consorcio MásMedio, que actuará como Secretario.
Esta comisión, de composición paritaria, tiene por objeto impulsar las actividades
de colaboración previstas en el presente convenio, fomentar acuerdos específicos, valorar
las tareas realizadas, interpretar el contenido del convenio y resolver las cuestiones
litigiosas que puedan surgir.
CVE:
BOP-2024-640
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de febrero de 2024
N.º 0026
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