Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Morcillo. (BOP-2024-611)
BOP-2024-611 Aprobación definitiva de Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de alcantarillado.
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CATEGORÍA PRECIO UNITARIO
1. Las tarifas de la presente Ordenanza se actualizarán automáticamente con referencia al
I.P.C. general e interanual positivo del mes de diciembre, y entrará en vigor el día 1 de enero
siguiente conforme a lo establecido en la disposición final de la presente ordenanza fiscal
reguladora.
2. Sobre la cuota resultante se aplicarán, en su caso, los impuestos indirectos y concretamente,
el Impuesto sobre el Valor añadido, en los términos establecidos en la normativa aplicable
sobre la materia.
Articulo 10. Devengo.
1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad que
constituye su hecho imponible, entendiéndose iniciada la misma desde que tenga lugar la
efectiva acometida a la red de alcantarillado municipal.
El devengo por esta modalidad de la tasa de producirá con independencia de que se haya
obtenido o no la correspondiente autorización de vertido y sin perjuicio de la iniciación del
expediente administrativo que pueda instruirse para su autorización.
2. También se devengará la tasa aun cuando los/as interesados/as, teniendo obligación, no
procedan a efectuar la acometida a la red, excepto: en los casos en los que exista un informe
del Ayuntamiento de Morcillo indicando la especial dificultad, ya sea económica o técnica, para
realizar la conexión efectiva.
3. El periodo de emisión de recibos para el cobro tendrá periodicidad trimestral.
Articulo 11. Recaudación.
1. Mediante el oportuno convenio de colaboración, el Ayuntamiento encomendará las funciones
de gestión, liquidación y recaudación tributaria de las tasas por el servicio de Saneamiento en
COSTE TOTAL
CUOTA FIJA POR CONTADOR Y TRIMESTRE 4,00 euros
CUOTA VARIABLE CUALQUIER CONSUMO POR CONTADOR Y
TRIMESTRE
2,73 euros
CVE:
BOP-2024-611
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de febrero de 2024
N.º 0024
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