Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-595)
BOP-2024-595 Bases que han de regir la Concesión de Subvenciones a Organizaciones no Gubernamentales (O.N.G.D.), para proyectos de sensibilización social y educación para la ciudadanía global para el año 2024.
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Núm. expediente: 2024/00001902Q
- Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del
resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el
número de factura o, en defecto de ésta, el concepto abonado y el cargo en cuenta bancaria.
- Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en:
a) Un Recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la
factura o documentación justificativa del gasto a que corresponde el pago y su
fecha, el número y la fecha del cheque y debajo de la firma debe aparecer el
nombre y número del NIF de la persona que firma.
b) Copia de extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación
justificada.
- Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un recibí, firmado
y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o documento justificativo
del gasto a que corresponde el pago y su fecha, debajo de la firma debe aparecer el nombre y
número del NIF de la persona que firma. Solo se admitirá el pago en metálico en facturas o
documentos justificativos del gasto de cuantía inferior a 100 euros, con un máximo de 500
euros por expediente, (se facilitará modelo orientativo.)
- Pagos con tarjeta bancaria. Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la
tarjeta y la titular de la tarjeta habrá de ser la entidad beneficiaria de la subvención.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
- Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del
beneficiario.
- Fecha de emisión y número de la factura.
- Importe total. Si figuran varios artículos, deberán desglosarse y describirse cada
uno de ellos.
- Base imponible, tipo de IVA, importe de IVA e importe total de la factura.
- En los supuestos de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se
incluirá Certificación acreditativa de esta exención.
c) Gastos de personal.
d) -Personal con nómina.- Los gastos de esta índole se justificarán mediante la
presentación de:
e) - Las nóminas correspondientes firmadas por su perceptor y justificantes de pago
de las mismas.
f) - Documento de cotización a la Seguridad Social y pago de la misma.
g) - Retención e ingreso en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF (modelo 111) y justificante
de pago del mismo.
h) -Honorarios profesionales.- Se justificarán con las minutas o facturas de
honorarios, (emitidas con todos los requisitos legales) en original o copia
compulsada junto con el recibí o el adeudo bancario. Si procede, se justificará la
retención e ingreso en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de las cantidades correspondientes al IRPF y justificante del pago del
mismo.
3.9. En cada una de las facturas, nómina o documentos originales de los gastos, se hará
constar mediante una diligencia (estampillado) que el importe del gasto se aplica a la
subvención otorgada por el Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Excmo. Ayuntamiento
CVE:
BOP-2024-595
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de febrero de 2024
N.º 0024
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