Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-569)
BOP-2024-569 Bases reguladoras del proceso de selección para la provisión con carácter interino, del puesto de Secretaría-Intervención.
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Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del
plazo de presentación de instancias.
Justificación de méritos.
Los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se acreditarán de la
siguiente forma:
a) Los servicios prestados como Secretario/a-Interventor/a, Secretario/a o
Interventor/a en entidades locales, mediante certificación de la secretaría de la
entidad local que corresponda, así como la copia del nombramiento otorgado por el
órgano competente de la Comunidad Autónoma o del Ministerio que lo hubiere
expedido, junto con el acta de la toma de posesión y, en su caso, del cese, si ya se
hubiere producido. Deberán aportarse todos estos documentos para su valoración,
en caso de no presentarse alguno delos documentos requeridos en este apartado,
no será valorado por el tribunal.
b) Los cursos de formación mediante copia.
c) Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la formación de lista de
espera para la provisión de puestos reservados a funcionarios/as con habilitación de
carácter nacional, mediante certificación expedida por el Tribunal selectivo u órgano
competente a quien corresponda su expedición.
5.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de función pública de Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la
práctica sucesiva de ambos sistemas, en la cual precederá la fase de oposición.
5.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases que lo componen.
5.4. En caso de empate, el mismo se resolverá a favor del aspirante que hubiera
obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate, se
resolvería a favor de aquel/lla aspirante que tuviera más tiempo de servicios
prestados. Y si aún persistiera dicho empate, se realizaría una nueva prueba entre
los/as aspirantes empatados/as.
SEXTA: Relación de personas aprobadas y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Sede electrónica
del Ayuntamiento la lista provisional de aspirantes con las puntuaciones obtenidas, y
elevará a la alcaldía-presidencia el/la aspirante que haya superado las pruebas
selectivas, otorgando un plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones.
CVE:
BOP-2024-569
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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