Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-569)
BOP-2024-569 Bases reguladoras del proceso de selección para la provisión con carácter interino, del puesto de Secretaría-Intervención.
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Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
valoración de los siguientes méritos, asignándose una puntuación máxima de
4 puntos:
1) Por cada mes completo de servicios prestados por el aspirante con
nombramiento interino en puestos reservados en Entidades Locales, hasta un
máximo de 2,00 puntos:
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención:
0,04 puntos por mes de servicio.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría o de
Intervención: 0,02 puntos por mes de servicio
.
El cálculo de este mérito se realizará por cada entidad local, no pudiendo
sumarse los periodos de los servicios prestados en diferentes entidades.
2) Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas
selectivas convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones
Públicas o por la Comunidad Autónoma para el acceso a la subescala de Secretaría-
Intervención: 0,5 puntos por ejercicio, con un máximo de 1,00 puntos (*).
3) Por haber aprobado alguna de las pruebas selectivas correspondientes para la
formación de lista de espera para la provisión de puestos de trabajo reservados a
funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-
Intervención, convocadas por las Comunidades Autónomas: 0,25 puntos por prueba
hasta un máximo de 0,50 puntos (*).
(*) No serán puntuables los mismos ejercicios o pruebas aprobados en
convocatorias diferentes.
4) Por asistencia a cursos, jornadas, másteres o seminarios impartidos por centros
oficiales o en colaboración con los mismos, realizados sobre materias directamente
relacionadas con el puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un máximo de
0,5 puntos:
- De 20 a 40 horas: 0,1 puntos cada uno.
- De 41 a 100 horas: 0,2 puntos cada uno.
- De 101 horas en adelante: 0,30 puntos cada uno.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas o aquellos en los que no conste
duración concreta, no se valorarán.
CVE:
BOP-2024-569
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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