Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-562)
BOP-2024-562 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para asociaciones de mujeres en la ciudad de Cáceres para el año 2024.
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Núm. expediente: 2024/00002623R
BASE DÉCIMA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
1.- La asignación de Subvenciones se realizará de manera proporcional a la puntuación
obtenida que se describe en el punto 3, mediante la fórmula:
Cantidad a conceder =
Puntuación obtenida X crédito disponible destinado a la categoría del
plan
Suma de la puntación obtenida por todos los proyectos
2.- Asimismo se adoptarán en la asignación y valoración los siguientes criterios y limitaciones:
a) No se financiarán proyectos que hayan obtenido una puntuación inferior a 40
puntos.
b) Cuando por aplicación de la formula proporcional descrita en el punto uno
resultara un remanente en el crédito asignado, podrá destinarse para incrementar
la cantidad asignada al resto de los proyectos hasta agotar el créditodisponible.
3.- Los criterios de valoración de los proyectos son los que se indican a continuación:
1. Grado de participación de la entidad: Se valorará la participación de las
entidades en las actividades de interés social desarrolladas en la ciudad de
Cáceres durante el ejercicio inmediato anterior a la convocatoria:
- Participación en el Consejo Sectorial de la Mujer: De 0 a 10 puntos. (10 puntos
por haber participado en todos los consejos, 5 puntos por haber participado en
el 50% de ellos y 0 puntos por haber participado en un porcentajeinferior).
- Participación en actividades de sensibilización social en materia de igualdad
organizados desde la Concejalía de la Mujer, Asuntos Sociales y Accesibilidad,
tales como la conmemoración de los días 8 de marzo (Día Internacional de la
Mujer), 23 de septiembre (Día Internacional contra la Trata y Explotación Sexual),
25 de noviembre (Día Internacional contra la Violencia de Género); el Día de
visibilidad Lésbica, también se valorará la participación en las convocatorias del
minuto de silencio por VG realizadas con carácter mensual u otras actuaciones
puntuales en materia de sensibilización que se desarrollen por parte de la
concejalía. De 0 a 10 puntos.
- Actividades o Proyectos Gestionados por la propia entidad. De 0 a 10 puntos. (0
puntos si no tiene ningún proyecto en marcha al margen de la actividad para la
que se solicita subvención, 5 puntos si tiene un proyecto en desarrollo y 10
puntos si tiene dos o más proyectos).
2. Grado de interés o utilidad ciudadana de sus fines: Se valorará con criterios
técnicos el proyecto de actividades anuales con arreglo a los criterios previstos en
la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres
y la calidad del proyecto. En particular se valorará el siguiente baremo:
- Interés general de las actividades y beneficio para la ciudadanía de Cáceres
(vulnerabilidad de la población a la que están dirigidas, cambios potenciales en
su calidad de vida, ampliación y diversificación de las opciones para el desarrollo
y promoción de las mujeres…) teniendo en cuenta especialmente la
complementariedad con las actividades y competencias municipales. De 0 a 10
puntos.
CVE:
BOP-2024-562
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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