Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-562)
BOP-2024-562 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para asociaciones de mujeres en la ciudad de Cáceres para el año 2024.
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Núm. expediente: 2024/00002623R
de certificados telemáticos (ANEXO II). El solicitante podrá denegar expresamente el
consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación correspondiente.
III. Declaración formal según modelo facilitado (ANEXO III) de cumplir los requisitos
para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, de las subvenciones solicitadas o percibidas de otra
Administraciones Públicas o Instituciones Públicas o privadas para ese misma actividad y de
los compromisos adquiridos en virtud de lo previsto en la Ordenanza General de
Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres
IV. Formulario de proyecto de actividades a realizar por la asociación con cargo a la
subvención según modelo normalizado (ANEXO IV) según la documentación adjunta
señalada en dicho formulario.
V. Certificación del Secretario/a de la asociación según modelo normalizado (ANEXO
V).
2.- Plazo de presentación y lugar de presentación: Toda la documentación, dirigida al Sr.
Alcalde- Presidente del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, se podrá presentar:
- De forma presencial, en las oficinas del Registro General y su registros auxiliares del
ayuntamiento de Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- En la sede electrónica del ayuntamiento de Cáceres:
https://sede.caceres.es
Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA:
https://rec.redsara.es
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a partir del día siguiente al
de la publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Las personas interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB
de la Base de Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado. En
el caso de que el último día de plazo recayera en sábado, domingo o festivo, el plazo se
prorrogará hasta el siguiente inmediato día hábil.
3.- Subsanación de deficiencias: Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la
norma de la convocatoria, se requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e
improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido
de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
BASE SEXTA.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.-
Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas en estas bases se financian
con cargo a la partida presupuestaria 11-23104-48902 del vigente presupuesto del IMAS,
hasta un máximo de 10.000 €).
Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente en la partida 11-23104-48902
del Presupuesto del IMAS del año 2024, según documento RC nº 22040000022.
CVE:
BOP-2024-562
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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