Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-555)
BOP-2024-555 Bases reguladoras y convocatoria de Subvenciones para la realización de Actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Histórica y Democrática en la provincia de Cáceres destinadas a Asociaciones, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro, Organismos Públicos de investigación y Universidades, Ejercicio 2024.
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RESOLUCIÓN.
El órgano competente para la resolución de la Convocatoria es la Ilma. Sra. Vicepresidenta
Primera, de Territorio, Igualdad y Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres por delegación
de 05/07/2023.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución final del procedimiento no podrá exceder
de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,
transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por
silencio administrativo.
La Resolución o Acuerdo contendrá las entidades solicitantes a las que se concede la
subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, así como una relación
ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y
técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiaria, no
hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria,
con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de
valoración previstos en la misma.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución
definitiva, etc.), registradas a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de
Cáceres, se incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la
tramitación telemática en dicha sede. Se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un
sistema complementario de alertas por medio de correo electrónico.
La publicación de las resoluciones provisionales y definitivas, así como de las resoluciones de
concesión y sus posibles modificaciones ulteriores y de los demás actos del procedimiento, en
la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres surtirá todos los efectos de la
notificación practicada según lo dispuesto en el artículo 43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común, en relación con los procedimientos de
CVE:
BOP-2024-555
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de febrero de 2024
N.º 0023
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