Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-513)
BOP-2024-513 Bases de la convocatoria 1 plaza de Profesor/a del conservatorio de Música (Especialidad Canto), mediante concurso oposición libre.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
C.3- Conocimiento de idiomas:
La puntuación máxima alcanzable por este merito, dentro del apartado de formación, será de 0,192,
de acuerdo con la siguiente baremación:
 Nivel B1: Se asignará una puntuación de hasta 0,0576.
 Nivel B2: Se asignará una puntuación de hasta 0,0672.
 Nivel C1: Se asignará una puntuación de hasta el 0,0864.
 Nivel C2: Se asignará una puntuación de hasta el 0,0960.
El conocimiento de idiomas se acreditará mediante certificación oficial expedida por las Escuelas
Oficiales de Idiomas y otros organismos oficiales reconocidos.
OCTAVA. - Calificación del proceso selectivo.
8.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica
que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con
anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la
misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Cada ejercicio será de carácter eliminatorio, por lo que serán excluidos aquellos aspirantes que no
alcancen una puntuación mínima de cincuenta por ciento de la máxima alcanzable en cada uno de
ellos.
Igualmente, en las actas del órgano calificador deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas.
8.2. Los criterios de calificación de los distintos ejercicios serán los siguientes:
- Primer ejercicio: Cada una de las pruebas será calificada por cada miembro del Tribunal de 0 a 5
puntos, dividiéndose la suma de las calificaciones entre el número de miembros del Tribunal que las
han otorgado, siendo el cociente la calificación del ejercicio. Se eliminarán las puntuaciones máxima
y mínima otorgadas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos; en el
caso de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en tres o más puntos, se
mantendrá el principio de eliminar las puntuaciones máxima y mínima; si en esta situación, además,
se produjese empate en las puntuaciones máximas o en las mínimas, sólo se eliminarán una de las
calificaciones máximas y otra de las mínimas.
En ningún caso se procederá́ a la exclusión de las calificaciones extremas cuando al efectuarse
dicha exclusión pueda alcanzarse una nota media superior a la que se lograría de computarse la
totalidad de las calificaciones.
El resultado final de la suma de las tres pruebas será ponderado a 3 puntos (50 por ciento del total
de la fase de oposición).
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el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
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de
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Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
VICESECRETARIA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
23/01/2024
13:54
15/24
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-513
Verificable
en:
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Miércoles, 31 de enero de 2024
N.º 0022
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