Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pescueza. (BOP-2024-482)
BOP-2024-482 Presupuesto general 2024. Aprobación definitiva.
29 páginas totales
Página
3.- Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los ejercicios
cuarto a quinto anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán, como mínimo, en un
75 %.
4.- Los derechos pendientes de cobro liquidados dentro de los presupuestos de los restantes
ejercicios anteriores al que corresponde la liquidación, se minorarán en un 100%.
En cualquier caso, la consideración de un derecho de difícil o imposible recaudación no
implicará su anulación ni producirá su baja en los pendientes de cobros de ejercicios cerrados.
Las Entidades Locales deberán confeccionar la liquidación de su presupuesto antes del día
primero de marzo del ejercicio siguiente.
DECIMOQUINTA: TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE LA CUENTA GENERAL.
Esta regulación viene contenida en los artículos 208, 210 y 212 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo. Las Entidades Locales, a la terminación del ejercicio presupuestario, deberán formar la
Cuenta General que pondrá de manifiesto la gestión realizada en los aspectos económicos,
financieros, patrimoniales y presupuestarios. (Reglas 22, 23 y 24 de la Orden EHA/4040/2004
de 23 de noviembre, por la que se aprueba el Modelo Básico de Contabilidad Local y Reglas
45, 46, 47, 48, 49, 50, 51 y 52 de la Orden HAP/1782/2013 de 20 de septiembre, por la que se
aprueba el Modelo Simplificado de la Contabilidad Local).
Los Estados y Cuentas de la Entidad Local serán rendidos por su Presidente antes del día 15
de mayo del ejercicio siguiente al que correspondan. Las de los Organismos Autónomos y
Sociedades Mercantiles cuyo capital pertenezca íntegramente a aquélla, rendida y propuesta
inicialmente por los Órganos competentes de estos, serán remitidas a la Entidad Local en el
mismo plazo. La Cuenta General formada por la Intervención, será sometida antes del día 1 de
junio a informe de la Comisión Especial de Cuentas de la Entidad Local, que estará constituida
por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la Corporación. Informada la
Cuenta General tal como se señala en el apartado anterior, será expuesta al público por plazo
de 15 días, durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar reclamaciones,
reparos u observaciones. Examinados éstos por la Comisión Especial y practicadas por esta
cuantas comprobaciones estime necesarias, emitirá nuevo informe.
Acompañada de los informes de la Comisión Especial y de las reclamaciones y reparos
formulados, la Cuenta General se someterá al Pleno de la Corporación, para que, en su caso,
pueda ser aprobada antes del día 1 de octubre.
CVE:
BOP-2024-482
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de enero de 2024
N.º 0021
Pág. 2033