Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pescueza. (BOP-2024-482)
BOP-2024-482 Presupuesto general 2024. Aprobación definitiva.
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gastos urgentes debidamente justificados y otros repetitivos en el tiempo, o cuyo documento
justificativo englobe diversas prestaciones.
QUINTA: DE LAS SUBVENCIONES.
Se entiende por subvención, a los efectos del artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, toda disposición dineraria realizada por cualquiera de los sujetos
contemplados en el artículo 3 de la citada ley, a favor de personas públicas o privadas, que
cumplan:
1.- Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
2.- Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un
proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya
realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir
las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
3.- Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de
una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
- Las subvenciones otorgadas por la Entidad se regirán por la normativa siguiente:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones.
Ordenanza General de concesión de subvenciones del Ayuntamiento.
En virtud del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, los procedimientos para llevar a cabo la concesión de subvenciones son:
1.- Procedimiento de concurrencia competitiva.
2.- Procedimiento de concesión directa.
3.- Otros tipos de procedimientos establecidos por la Entidad.
Las subvenciones concedidas serán pagadas una vez haya sido justificado el gasto realizado,
objeto de la subvención, con los documentos necesarios. No obstante, el Alcalde-Presidente,
dentro de sus competencias, y mediante Decreto, podrá resolver un anticipo de la subvención
concedida de hasta un 100% del importe total. La concesión de cualquier tipo de subvención,
requerirá la formación de expediente en el que conste el destino de los fondos y los requisitos
necesarios que se han de cumplir para que pueda procederse al pago. La Entidad podrá
efectuar en cualquier momento las comprobaciones que sean necesarias para asegurar el
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BOP-2024-482
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Martes, 30 de enero de 2024
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