Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2024-291)
BOP-2024-291 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro Día.
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a.
social del Servicio Social de Atención Social Básica (SSASB), baremando cada expediente y
confeccionando un listado de peticionarios que se ordenará por riguroso orden de puntuación.
El Ayuntamiento hará llegar a cada solicitante un documento informativo que contenga la
puntuación obtenida en el baremo, así como, la advertencia de su responsabilidad de
comunicar los cambios si los hubiere en las circunstancias personales del solicitante, con el fin
de que se actualice la baremación conforme a los nuevos documentos aportados, además de
la obligatoriedad de proporcionar un nuevo informe médico actualizado en caso de producirse
posibilidad de ingreso.
El expediente con mayor puntuación será propuesto de forma definitiva para su ingreso en el
centro una vez se hayan actualizado sus datos y situación física y psíquica. El resto de las
solicitudes formarán una lista de espera, que se actualizará periódicamente, por lo que el lugar
en la lista de espera podrá variar con respecto a las nuevas circunstancias.
Se establecen 2 tipos de personas usuarias:
Personas con autonomía para la AVD
Personas con dependencia para las AVD
ARTÍCULO 6.º- Las personas usuarias o sus representantes legales formalizarán un contrato
en el que figurará la aceptación expresa de las normas reguladoras de la organización y
funcionamiento del mismo, de sus derechos y obligaciones y las condiciones económicas
derivadas de su condición de residente o usuario/a de centro de día. (Art. 16 D. 88/96 de 4 de
junio).
El contrato rescindirá por alguna de las siguientes causas:
Cuando exista resolución administrativa que determine un cambio en la situación de
dependencia de la persona usuaria y no se ajuste a la tipología de la plaza que ocupe.
Por necesidad de adaptación a la normativa vigente en cada momento.
A petición propia.
Por sanción disciplinaria.
Por fallecimiento.
ARTÍCULO 7.º- La resolución de admisión al Centro correspondiente vendrá condicionada por
el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Que el ingreso en el Centro respectivo se efectúe en el plazo máximo de los quince
días siguientes a la recepción de la notificación de la plaza adjudicada. Concluido este
CVE:
BOP-2024-291
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de enero de 2024
N.º 0015
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