Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Galisteo. (BOP-2024-254)
BOP-2024-254 Aprobación definitiva Ordenanza fiscal reguladora de de la tasa por prestación del servicio local de abastecimiento de agua potable y otras actividades inherentes al mismo.
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Artículo 17.
Ninguna persona física o jurídica podrá maniobrar ni ejecutar obras en las acometidas
o contador, sin autorización expresa del Excmo. Ayuntamiento de Guijo de
Galisteo.
Artículo 18.
Toda acometida de abastecimiento de agua contará en la vía pública junto al inmueble
y antes del contador, con la llave de registro, quedando expresamente prohibido al/a
usuario/a accionarla.
Artículo 19.
Las acometidas serán sufragadas por los/as solicitantes de las mismas de acuerdo
con lo establecido por el Reglamento de suministro domiciliario de agua y con arreglo
a las tarifas de acometidas que se recogen en la presente Ordenanza.
CAPÍTULO II.- CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS Y FIANZAS
Artículo 20.
Previo a la contratación del suministro, el/la peticionario/a deberá presentar una
solicitud de suministro en el impreso que, a tal efecto, proporcionará el Excmo.
Ayuntamiento de Guijo de Galisteo
En la misma se hará constar el nombre del/a solicitante, uso y destino que se pretende
dar al agua solicitada, finca a que se destina y demás circunstancias que sean
necesarias para la correcta definición de las características y condiciones del
suministro, así como para la aplicación de las tarifas correspondientes a la prestación
del servicio.
En dicho impreso se hará constar igualmente, la dirección a la que deben dirigirse las
comunicaciones y recibos de suministro, cuando no sea la misma a la que se destine
el suministro.
Cuantas circunstancias se hagan constar en la solicitud de suministro, que se regula
anteriormente, se harán bajo la exclusiva responsabilidad del/a solicitante y servirán
de base para regular las condiciones del referido suministro.
Para la formalización del contrato, el/la peticionario/a acompañará la documentación
siguiente:
• Documentación que acredite la personalidad del/a contratante.
• Escritura de propiedad, contrato de arrendamiento o documento que acredite el
derecho de disponibilidad sobre el inmueble para el/la contratante del
suministro. Certificación catastral del inmueble donde se va a contratar el
suministro.
Cód.
Validación:
3G6JFEYMWEJK6ZXQGDM2H3SJF
Verificación:
https://guijodegalisteo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
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CVE:
BOP-2024-254
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de enero de 2024
N.º 0013
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