Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de Alcántara. (BOP-2024-247)
BOP-2024-247 Bases para la provisión por interinidad del puesto de Secretaría
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por el tribunal de selección correspondiente o por el órgano en cuyos archivos se custodie el
expediente administrativo del proceso selectivo de que se trate.
B.2. Experiencia profesional (máximo 1,50 puntos): los servicios prestados se valorarán por mes
trabajado. En los certificados de servicios prestados, el tiempo que aparezca expresado en años se
transformará en meses (a razón de doce meses por año) y el expresado en días se transformará en
meses (a razón de treinta días por mes). De este modo, serán objeto de valoración:
a) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos
reservados a la subescala de Secretaría, categoría de entrada, de la escala de personal
funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Estos servicios se
valorarán hasta un máximo de 1 punto, con 0,04 puntos por mes completo trabajado.
b) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos
reservados a las subescalas de Intervención-Tesorería o de Secretaría-Intervención, de la
escala de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Estos servicios se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos, con 0,02 puntos por mes
completo trabajado.
La experiencia profesional se acreditará mediante certificación emitida por la secretaría de la
entidad local correspondiente, junto con la copia auténtica u original del nombramiento
otorgado por el órgano competente de las Comunidades Autónomas o del Ministerio que lo
hubiere expedido.
B.3. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración
con los mismos, realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir, según la
siguiente tabla, hasta un máximo de 1 punto:
 De 20 a 40 horas: 0,1 puntos cada uno.
 De 41 a 100 horas: 0,2 puntos.
 De 101 horas en adelante: 0,30 puntos.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Justificación de méritos: los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se
acreditarán de la siguiente forma:
1) Los servicios prestados como Secretario/a-Interventor/a, Secretario/a o Interventor/a en
Entidades Locales, mediante certificación de la Secretaría de la Entidad Local que corresponda,
así como original o copia auténtica del nombramiento otorgado por el órgano competente de la
Comunidad Autónoma o del Ministerio que lo hubiere expedido, junto con el Acta de toma de
posesión y cese, en su caso.
2) Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la formación de lista de espera para la
provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, mediante
Cód.
Validación:
9R39SRR37SDCM2NPCJF5Y262J
Verificación:
https://valenciadealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
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esPublico
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Miércoles, 17 de enero de 2024
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