Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar. (BOP-2024-206)
BOP-2024-206 Aprobación definitiva Ordenanza ocupación dominio público con Terrazas.
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2.- Asimismo, en terrenos de titularidad y uso privados, en los que la normativa urbanística y
demás disposiciones aplicables permitan dicha instalación, también se precisará autorización
administrativa para la implantación de este tipo de instalaciones. En este supuesto, se tendrán
presentes, especialmente, los niveles de emisión sonora que la terraza por sí misma o por
acumulación con otros focos de ruido, pudieran suponer para el entorno y edificios próximos. El
órgano competente, considerando las circunstancias reales o previsibles al respecto, podrá
conceder, con las condiciones que se estimen oportunas, o denegar motivadamente la
autorización, en virtud de la prevalencia del interés general sobre el particular.
3.- Características de la autorización administrativa:
En terrenos de dominio público la ocupación permitida con la autorización
administrativa no implicará en ningún caso cesión de facultades administrativas sobre
dichos espacios, que conservarán siempre su carácter inalienable e imprescriptible.
La mera concurrencia de los requisitos necesarios para que la autorización pueda ser
otorgada, no concede al interesado derecho alguno a su concesión, que estará
siempre supeditada a la prevalencia del interés general sobre el particular; sin que de
su otorgamiento derive para su titular ningún derecho ni expectativa legitima a
obtenerlas por un nuevo periodo.
Asimismo el Ayuntamiento ostentará la potestad de modificar, suspender o revocar las
autorizaciones en los términos que se señalan en el artículo correspondiente de esta
ordenanza.
Capítulo II.- De las solicitudes
Artículo 8.- Documentación.
El procedimiento se tramitará a instancia del/la interesado/a mediante la presentación de
solicitud al Ayuntamiento. Dicha solicitud se ajustará al modelo especifico facilitado por el
Ayuntamiento.
Los/as solicitantes podrán ser personas físicas o jurídicas.
A la instancia de solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
Declaración jurada de derecho bastante de solicitar la terraza para dicho
establecimiento.
Fotocopia de la licencia de apertura del establecimiento, copia sellada de la solicitud de
Comunicación Previa o Comunicación Ambiental de apertura e inicio de actividad.
En los supuestos de Cambio de Titularidad del establecimiento: copia sellada de haber
CVE:
BOP-2024-206
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de enero de 2024
N.º 0011
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