Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-179)
BOP-2024-179 Bolsa de empleo temporal de Técnicos/as en disciplina urbanística, especialidad Jurídica.
20 páginas totales
Página
 Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,03 puntos por cada
actividad formativa.
 Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,03 puntos.
 Se valorarán con 0,05 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
Se asigna una puntuación a los/as aspirantes que hubieran impartido cursos o actividades
formativas por cada hora de docencia impartida dentro del porcentaje máximo alcanzable
dentro de este mérito.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante certificación que exprese el
organismo o la entidad que convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de
realización, contenido del curso, y número de horas impartidas de docencia.
C.4- Conocimiento de idiomas:
- Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 0,192 puntos.
El conocimiento de idiomas se acreditará mediante certificado oficial expedido por la Escuela
Oficial de Idiomas, el Instituto de Lenguas Modernas u otro organismo oficial reconocido, de
acuerdo con el siguiente baremo:
Nivel B1: 0,0576 puntos.
Nivel B2: 0,0672 puntos.
Nivel C1: 0,0864 puntos.
Nivel C2: 0,096 puntos.
El conocimiento de idiomas se acreditará mediante certificación oficial expedida por las Escuelas
Oficiales de Idiomas, el Instituto de Escuelas Modernas y otros organismos oficiales reconocidos.
OCTAVA.- Calificación del proceso selectivo.
8.1 . Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir, con
anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la
misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
8.2. El ejercicio de la Fase de Oposición se calificará de cero a diez puntos.
8.3. Los criterios de calificación será el siguiente:
- Único ejercicio: Resolución de dos casos prácticos: Los errores, omisiones, imprecisiones,
ausencia de una argumentación razonada o de aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán
la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la media resultante de las
calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las puntuaciones máxima
CVE:
BOP-2024-179
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 15 de enero de 2024
N.º 0010
Pág. 717