Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera. (BOP-2024-171)
BOP-2024-171 Aprobación definitiva creación Agrupación Local de Protección Civil de Talaveruela de la Vera y Reglamento de Organización y Funcionamiento del mismo.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA AGRUPACIÓN LOCAL
DE VOLUNTARIOS/AS DE PROTECCIÓN CIVIL DE TALAVERUELA DE LA VERA.
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TALAVERUELA DE LA VERA
12.8.- Aquellos otros deberes que se les impongan en el reglamento de la agrupación,
en el acuerdo de incorporación y en la normativa aplicable.
FORMACIÓN.
13.1.- La formación del voluntariado tiene como objetivo atender a las necesidades
reales de la acción voluntaria obteniendo los mayores niveles de eficacia, seguridad y
evitación de riesgos.
13.2.- Esta formación será de carácter básica y obligatoria, de conformidad con lo
establecido en el presente estatuto, y de carácter continuado, durante todo el tiempo de
su pertenencia a la respectiva agrupación.
13.3.- La formación básica para el voluntariado de protección civil de Talaveruela de La
Vera tendrá una duración que no será inferior a 24 horas lectivas y su contenido
curricular contendrá, al menos, las siguientes materias:
a) La protección civil en la Comunidad Autónoma de Extremadura: normativa,
organización, planificación, riesgos y voluntariado.
b) Primeros auxilios.
c) Contraincendios y salvamento.
d) Telecomunicaciones.
e) Seguridad vial.
f) Habilidades sociales.
13.4.- Tanto la metodología como la totalidad de los contenidos del curso deberán
integrar transversalmente la perspectiva de género, incorporando objetivos y
actuaciones específicos dirigidos a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en
todas las políticas y acciones, a todos los niveles y en todas sus fases de diagnóstico,
planificación, ejecución y evaluación, así como la igualdad efectiva entre mujeres y
hombres, proscribiendo cualquier discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo,
en todos los ámbitos, y singularmente en las esferas económica, social, laboral, cultural
y educativa.
13.5.- La formación del voluntariado de protección civil será impartida por la Academia
de Seguridad Pública de Extremadura, y por otras entidades que impartan cursos
homologados por la citada Academia.
CVE:
BOP-2024-171
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de enero de 2024
N.º 0009
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