Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra. (BOP-2024-113)
BOP-2024-113 Estabilización de empleo Gerocultor/a Residencia de Mayores.
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Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante
copia auténtica del título o diploma correspondiente, en el que deberá constar el nombre del
curso, fecha de realización, los contenidos impartidos, la entidad que lo expide y la duración del
curso expresada en horas o créditos.
No se valorarán los diplomas de asistencia a jornadas, seminarios, simposios y similares.
No se valorarán los títulos en los que no aparezca la duración del curso expresada en horas o
créditos. En el supuesto de créditos oficiales del Sistema Europeo de Transferencia y
Acumulación de Créditos (ECTS), dichos créditos se equipararán a 25 horas.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que
acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto
de valoración.
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas
aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad
manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con los principios de
igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Alcaldía, comunicando las falsedades
o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la Resolución de dicho
órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
En caso de empate, si uno de los aspirantes viene prestando servicios en la propia entidad,
Ayuntamiento de Villanueva de la Sierra en este caso, se resolverá a favor del mismo, puesto
que la finalidad de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público, es estabilizar al personal laboral temporal propio de la
Administración.
Si aun así persistiese el empate, se tendrá en cuenta:
1º Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional.
2º Mayor puntuación en el apartado de formación.
3º. De persistir el empate se resolverá por sorteo.
SÉPTIMA. Calificación.
La puntuación de todos los méritos será de máximo 100 puntos.
CVE:
BOP-2024-113
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de enero de 2024
N.º 0007
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