Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2024-103)
BOP-2024-103 Bases y Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Oficial de 1ª de Excmo.. Centro Especial de Empleo "EL MADROÑO".
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11.2. La renuncia a una cobertura temporal por las causas justificadas que a continuación se
expresan conllevará la situación de inactivo, permaneciendo en el mismo puesto de la bolsa de
trabajo durante el periodo que dure el motivo que haya conllevado la citada situación, siempre y
cuando quede debidamente justificado documentalmente. Finalizada la causa que da lugar a
las situaciones relacionadas, se deberá comunicar en el plazo máximo de 15 días en el
Registro General de Entrada de documentos, que hasta esa notificación mantendrá al
candidato en la situación de inactivo en la bolsa correspondiente. Se dará como alta disponible
a partir del día siguiente al que comunique de manera fehaciente en los términos previstos en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre su disponibilidad. Si el candidato no realiza dicha notificación
en el plazo indicado supondrá su exclusión definitiva de la bolsa.
Con carácter general, serán causas justificadas, las siguientes:
Causas de enfermedad debidamente acreditadas por un médico de Asistencia Sanitaria,
o situación de baja por incapacidad temporal del interesado con fecha anterior al
momento de la comunicación de la oferta de trabajo.
Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1er grado de consanguinidad
o afinidad acreditada por certificado y libro de familia.
En caso de maternidad, si la renuncia se produce entre el séptimo mes de embarazo y
la decimosexta semana posterior al parto, decimoctava si el parto es múltiple.
Encontrarse en situación de alta laboral independientemente de que la jornada sea a
tiempo completo o parcial.
Estas causas deberán ser justificadas en el plazo máximo de 2 días hábiles concedido para la
aceptación o renuncia al puesto de trabajo. En el caso de no justificar documentalmente las
citadas situaciones en el plazo concedido al efecto en las Oficinas del Ayuntamiento, el/la
aspirante resultará excluido automáticamente de la bolsa de trabajo.
11.3. Conllevará la exclusión automáticamente de la Bolsa de Trabajo los siguientes casos:
Renuncia al puesto de trabajo ofertado, sin acreditar causa justificada.
Renuncia al puesto de trabajo una vez iniciada la relación contractual.
No superar el periodo de prueba establecido en el contrato de trabajo.
Si iniciado un expediente disciplinario al trabajador afectado se calificara la falta como
leve, grave o muy grave.
Quienes incurran en la falsificación u omisión de los datos aportados en la solicitud.
Informe negativo sobre el desempeño de los cometidos profesionales desarrollados en
contrataciones anteriores.
La falta de presentación injustificada de la documentación requerida para la realización
CVE:
BOP-2024-103
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de enero de 2024
N.º 0007
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