Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-87)
BOP-2024-87 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de Recogida de Residuos.
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Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría General
a) Mediante su entrega en el punto limpio fijo.
b) En el punto de recogida habitual, los señalados para ello.
c) Si se entrega a un gestor autorizado,, previamente autorizados por el Ayuntamiento,
incluidas entidades de economía social carentes de ánimo de lucro.
2. En el caso de que estos residuos no sean de origen domiciliario, las empresas
productoras deberán establecer su propia recogida.
Artículo 27. Recogida especial de residuos vegetales, de competencia
municipal, generados en las actividades de siega, poda y otras actividades
de jardinería.
1. Los productores de residuos vegetales generados en las actividades de siega, y
poda y otras actividades de jardinería, deberán gestionar dichos residuos
de alguna de las siguientes formas:
a) Mediante la solicitud del servicio especial de recogida, en el caso de
que el Ayuntamiento tenga establecido este tipo de recogida para dichos
residuos.
b) Mediante su entrega en el punto limpio fijo o móvil.
c) Mediante su entrega a un gestor autorizado o a un recogedor
registrado que garantice la entrega a un gestor autorizado.
d) Realizando el tratamiento de los residuos por sí mismos, mediante
compostaje doméstico o comunitario, siempre que no ocasionen molestias u
olores a los vecinos y lo notifiquen previamente al Ayuntamiento a los solos efectos
de computar las cantidades de biorresiduos gestionados mediante estos métodos.
2. En todo caso, el Ayuntamiento podrá supeditar la recogida de estos residuos a la
aplicación de alguna de las medidas previstas en el artículo 4.2 de esta
Ordenanza, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14.
3. Lo establecido en este artículo no se aplicará respecto de los residuos generados
como consecuencia de los servicios municipales de jardinería, limpieza o
similares.
Artículo 28. Recogida separada de residuos textiles (ropa, zapatos usados y
otros textiles del hogar).
Los ciudadanos depositarán los residuos textiles (ropa, zapatos usados y
otros textiles del hogar) en alguno de los siguientes puntos, para su valorización
(incluida la preparación para la reutilización):
Cód.
Validación:
A5GJMC6Q6GCLKFRNHZ9XM6DLM
Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-87
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de enero de 2024
N.º 0006
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