Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2024-77)
BOP-2024-77 Plan de integridad y medidas Antifraude.
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3.1 Irregularidad
Constituirá irregularidad toda infracción de una disposición del Derecho comunitario
correspondiente a una acción u omisión de un agente económico que tenga o tendría por
efecto perjudicar al presupuesto general de las Comunidades (Unión Europea) o a los
presupuestos administrados por éstas (o gestionado de forma compartida por autoridades
nacionales como son las locales), bien sea mediante una disminución o la supresión de
ingresos procedentes de recursos propios percibidos directamente por cuenta de las
Comunidades, bien mediante un gasto indebido.
3.2 Fraude
Tendrá consideración de fraude:
a) En materia de gastos no relacionados con los contratos públicos, cualquier acción u
omisión relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos,
que tenga por efecto la malversación o la retención infundada de fondos o activos del
presupuesto de la Unión o de presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información, que tenga el
mismo efecto, o
— el uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que motivaron su
concesión inicial.
b) En materia de gastos relacionados con los contratos públicos, al menos cuando se cometan
con ánimo de lucro ilegítimo para el autor u otra persona, cualquier acción u omisión relativa
a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos,
que tenga por efecto la malversación o la retención infundada de fondos o activos del
presupuesto de la Unión o de presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información, que tenga el
mismo efecto, o
— el uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que motivaron su
concesión inicial y que perjudique los intereses financieros de la Unión.
c) En materia de ingresos distintos de los procedentes de los recursos propios del IVA,
cualquier acción u omisión relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos,
que tenga por efecto la disminución ilegal de los recursos del presupuesto de la Unión o de los
presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información, que tenga el
mismo efecto, o
— el uso indebido de un beneficio obtenido legalmente, con el mismo efecto.
d) En materia de ingresos procedentes de los recursos propios del IVA, cualquier acción u
omisión cometida en una trama fraudulenta transfronteriza en relación con:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos relativos al IVA falsos, inexactos o
incompletos, que tenga por efecto la disminución de los recursos del presupuesto de la Unión,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información relativa al
IVA, que tenga el mismo efecto; o
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
CVE:
BOP-2024-77
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de enero de 2024
N.º 0005
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